Acuerdo General 6/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los órganos jurisdiccionales de la materia y sede mencionadas
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2015 |
Emisor | Segunda Seccion |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 6/2015, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACIÓN, COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL, DOMICILIO Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE LA MATERIA Y SEDE MENCIONADAS.
CONSIDERANDO
En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo y 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
El párrafo sexto del artículo 94 constitucional y los artículos 81, fracciones VI y XXIV y 144, párrafo segundo, ambos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que el Consejo de la Judicatura Federal tiene atribuciones para determinar el número y límites territoriales y, en su caso, la especialización por materia de los juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio nacional, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; esta última facultad que se ejerce por la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
A fin de dar cumplimiento al artículo 17 constitucional, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de veintidós de mayo de dos mil trece, aprobó el dictamen de creación de un juzgado de Distrito en materia civil en el Distrito Federal, el cual contará con una plantilla de personal igual a la que tienen actualmente los órganos jurisdiccionales de la misma materia y jurisdicción; y
De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, en la actualidad se cuenta con la infraestructura física necesaria para la instalación del órgano...
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Acuerdo CCNO/9/2015 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al período de exclusión del turno de nuevos asuntos a los Juzgados Primero a Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
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