Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas
Fecha de Resolución | 23 de Febrero de 2015 |
Emisor | Primera Seccion |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA EL SIMILAR, QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, SITUACIÓN PATRIMONIAL, CONTROL Y RENDICIÓN DE CUENTAS.
CONSIDERANDO
Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, once de junio de mil novecientos noventa y nueve, y seis de junio de dos mil once se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
En términos de lo dispuesto por los preceptos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Título Cuarto, regula las responsabilidades de los servidores públicos y patrimoniales del Estado y, al efecto, establece principios y obligaciones que rigen el servicio público, los procedimientos para determinar y sancionar la responsabilidad administrativa y las medidas para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de la función pública;
La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación faculta al propio Consejo, en sus artículos 81, fracciones X, XI, XII, XV, XXXVI, XXXVII y XXXVIII, y 134, fracción V, para resolver sobre la suspensión de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito a solicitud de autoridad judicial o por su participación en la comisión de un ilícito, resolver sobre las quejas administrativas y la responsabilidad de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación; investigar y determinar las responsabilidades y sanciones de los servidores públicos de los tribunales de Circuito, juzgados de Distrito y del propio Consejo; realizar visitas extraordinarias e integrar comités de investigación; dictar medidas que aseguren el buen...
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