Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones de diversos acuerdos generales

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2015
EmisorPrimera Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DISPOSICIONES DE DIVERSOS ACUERDOS GENERALES.

CONSIDERANDO

PRIMERO

La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO

Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO

Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

QUINTO

El 14 de enero de 2015 el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó la reestructuración orgánica de la Institución.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO. Se reforma el artículo 102 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos, para quedar como sigue:

Artículo 102. El Comité estará integrado por los Titulares de la Coordinación para la Transparencia, quién lo presidirá, de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, los que tendrán voz y voto en las resoluciones que se tomen. Igualmente, formará parte del Comité, con voz y voto, el titular del Archivo General, en aquéllos casos relacionados con la materia archivística.

ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforman la fracción XXXII del artículo 2; así como el numeral (5) de las instrucciones para el llenado del acta de entrega-recepción previstas en el anexo, y se deroga el numeral 2 de la fracción II del artículo 33 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. a XXXI. ...

XXXII. Unidades administrativas: Las ponencias de los Consejeros, secretarías ejecutivas, Coordinaciones, Unidad para la Implementación de la Reforma Penal, secretarías técnicas de Comisiones o de Comités, direcciones generales, las Administraciones de los Centros de Justicia Penal, así como la Unidad de Enlace del Consejo y el Archivo General del Consejo, y cualquier otro órgano administrativo creado por ley o acuerdo general del Pleno.

Artículo 33. ...

I. ...

1. a 6. ...

II. ...

1. ...

2. Derogado;

3. a 45. ...

III. ...

1. a 36. ...

...

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN

INICIO DEL ACTA

(1) a (4) ...

(5) Anotar el título que corresponda (oficina del servidor público que entrega, Secretaría Ejecutiva, Dirección General, Coordinación, Unidad, Dirección de Área, etc.).

(6) a (22) ...

HECHOS

I. a XI. ...

ARTÍCULO TERCERO. Se reforman los artículos 8, 10 y 13 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, para quedar como sigue:

Artículo 8. La Secretaría Ejecutiva de Administración, a través del área correspondiente, se encargará de instrumentar la aplicación de este Capítulo, así como de atender las dudas o consultas que surjan por parte de los titulares y demás servidores públicos adscritos a los órganos jurisdiccionales.

Artículo 10. En los casos a que se refieren las fracciones XIII y XIV del artículo anterior, los titulares de los juzgados de Distrito; de los tribunales Unitarios de Circuito, así como el presidente de los tribunales Colegiados de Circuito deberán comunicar de inmediato, la suspensión o la imposibilidad de funcionamiento del órgano jurisdiccional por causa de fuerza mayor, a la Secretaría Ejecutiva del Pleno, a través de cualquier medio y por oficio dentro de las veinticuatro horas siguientes, del cual el titular de dicha Secretaría dará cuenta al Pleno, en su próxima sesión.

Artículo 13. Los magistrados de Circuito integrantes de los tribunales Colegiados de Circuito comunicarán, cuando menos con quince días de anticipación, al titular de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos, los términos acordados para el disfrute de sus periodos vacacionales, para que informe a la Comisión de Carrera Judicial, y lleve el control de las autorizaciones.

ARTÍCULO CUARTO. Se reforman los artículos 1, fracción III, inciso b); 13, fracción IV; 16; 109, fracción III; 266, fracciones I y II, y párrafo tercero; 277, párrafo segundo; 286; 296, fracción VIII, párrafo segundo; 331, párrafo segundo; 345, párrafos primero y segundo; 346, párrafo primero; 409; 410; 457, fracciones I y II; 463, fracción II; 473; 561, fracción II; 683, fracción II; 705, párrafo cuarto; 709; 710; 719, párrafo primero; 725; 741, párrafo primero; 784; 797; 801; 836; 837; 838, fracciones I y II; 839; 843, fracciones XI a XIII; 847, fracciones I, III, VII y IX; 848, párrafo primero y fracción III; 849 párrafo primero; 851; 852; 919; 922; 923; 927; 937, párrafo primero y 945; se adicionan las fracciones XIV y XV al artículo 843; y se derogan los artículos 845 y 846, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, para quedar como sigue:

"Artículo 1. ...

I. ...

  1. a k) ...

    II. ...

  2. a g) ...

    III. ...

  3. ...

  4. La regulación para la toma de decisiones en materia de inversión de los recursos financieros, de carácter presupuestal y no presupuestal administrados por el Consejo, para el óptimo manejo de sus recursos; y

  5. ...

    IV. a VII. ...

    Artículo 13. ...

    I. a III. ...

    IV. Operación y supervisión de los sistemas de seguridad: El desarrollo y coordinación de los planes, programas, procedimientos y sistemas, tendentes a preservar la seguridad de los servidores públicos, instalaciones, equipos y demás bienes del Poder Judicial de la Federación, que la Coordinación de Seguridad propondrá al Presidente;

    V. a X. ...

    Artículo 16. Las disposiciones de este Capítulo son de observancia general en el Consejo, correspondiendo a su P., Consejeros y titulares de las áreas administrativas velar por su debido cumplimiento.

    Artículo 109. ...

    I. a II. ...

    III. Los rendimientos devengados por las aportaciones ordinarias; y

    IV. ...

    ...

    Artículo 266. ...

    I.P.: El titular de la Secretaría Ejecutiva de Administración; y

    II. Vocales: Los titulares de la Coordinación de Administración Regional, y de la Dirección General de Programación y Presupuesto.

    ...

    Existirá quórum para celebrar válidamente una sesión cuando se cuente con la asistencia de dos de sus integrantes y en caso de ausencia del presidente del Comité, asumirá las funciones correspondientes el titular de la Coordinación de Administración Regional.

    ...

    Artículo 277. ...

    El Consejo podrá realizar compras consolidadas mediante un procedimiento de contratación tramitado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, previa autorización del Secretario Ejecutivo de Administración, para incorporarse a dicho procedimiento y exceptuar la aplicación del artículo 288, último párrafo, de este Acuerdo.

    Artículo 286. Para la formulación de los Programas de Ejecución a que se refiere este Capítulo, se deberán tomar en cuenta prioritariamente, los requerimientos necesarios para la creación de nuevos órganos jurisdiccionales, en coordinación con las áreas administrativas competentes, tomando como base la información que proporcione la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos y la Dirección General de Estadística Judicial.

    Artículo 296. ...

    I. a VII. ...

    VIII.

    ...

    De manera excepcional y cuando por las condiciones se tuviese que atender una contingencia, el Secretario Ejecutivo de Administración podrá autorizar la contratación y presentará el informe al Comité con la justificación correspondiente;

    IX. a XVIII. ...

    ...

    ...

    ...

    Artículo 331. ...

    I. a III. ...

    En caso de ser declarada desierta la licitación, el Secretario Ejecutivo de Administración, autorizará iniciar un procedimiento de invitación a cuando menos tres o, en su caso, el procedimiento de adjudicación directa, para lo cual deberá justificar su determinación.

    ...

    ...

    Artículo 345. El Secretario Ejecutivo de Administración autorizará el procedimiento de subasta a la inversa presencial o electrónica, cuando el parámetro de adjudicación corresponda al de licitación pública. En parámetros...

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