Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma y deroga diversas disposiciones del similar 21/2012, relacionado con el Programa de Prácticas Judiciales en los Órganos Jurisdiccionales a cargo del Consejo de la Judicatura Federal

Fecha de Resolución29 de Abril de 2016
EmisorPrimera Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL SIMILAR 21/2012, RELACIONADO CON EL PROGRAMA DE PRÁCTICAS JUDICIALES EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES A CARGO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.

CONSIDERANDO

PRIMERO

La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

SEGUNDO

De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

TERCERO

Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

CUARTO

De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos.

QUINTO

Con el fin de apoyar a los órganos jurisdiccionales que tienen necesidad de contar con más estudiantes que realicen sus prácticas judiciales, debe preverse la posibilidad de que se amplíe el número de participantes por órgano jurisdiccional, previo análisis de las cargas de trabajo por parte de la Dirección General de Estadística Judicial, y

SEXTO

Se debe fortalecer el Programa de Prácticas Judiciales mediante la ampliación de su duración y la modificación de los requisitos de ingreso y permanencia, a efecto de ampliar el umbral de participación de los estudiantes.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ÚNICO. Se reforma el considerando...

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