Tesis nº VI-TASR-XXXIX-22 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-XXXIX-22
Fecha de publicación01 Julio 2010
Fecha01 Julio 2010
Número de registro53133
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 31. Julio 2010. p. 282;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con el artículo 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el actor no tiene a su cargo la obligación de probar un hecho que motive los actos o resoluciones cuando lo niegue lisa y llanamente; en tal virtud si el patrón demandante niega la existencia del aviso para retención de descuentos y pago a las amortizaciones por crédito para la vivienda a un trabajador, la autoridad tiene la ineludible obligación de acreditar la existencia del aviso correspondiente, pues para que exista o se dé la obligación de los descuentos y pago a las amortizaciones por crédito para vivienda al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, es necesario que dicho Instituto acredite la existencia y legal...

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