Tesis nº VII-P-SS-101 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2013

JuezPrecedente, Pleno
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
Fecha01 Julio 2013
Fecha de publicación01 Julio 2013
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 24. Julio 2013. p. 137
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-P-SS-101

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-P-SS-101

LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCFI-2005, DENOMINADA "INSTRUMENTOS DE MEDICIN-SISTEMA PARA MEDICIN Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES LQUIDOS-ESPECIFICACIONES, MTODOS DE PRUEBA Y DE VERIFICACIN", TIENE LA NATURALEZA DE NORMA AUTOAPLICATIVA.-

El cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana en este caso, por parte de las personas dedicadas a realizar transacciones comerciales de gasolina y otros combustibles lquidos (gasolina, disel, turbosina, gas avin, kerosina y otros a excepcin de gas licuado de petrleo) dentro del territorio nacional, no queda supeditado a condicin alguna, pues basta estar en los supuestos de la norma, para que la obligacin de hacer se surta sin necesidad de un acto posterior de autoridad; esto es, que las personas dedicadas a realizar transacciones comerciales de gasolina y otros combustibles lquidos tienen la obligacin, desde el momento en que la N. entr en vigor, de cumplir ciertas especificaciones en sus sistemas de medicin y controles volumtricos utilizados para el despacho (venta) de tales lquidos, en el caso, los descritos en el punto 5 de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2005.

PRECEDENTES:VII-P-SS-35Juicio Contencioso Administrativo Nm. 8881/07-11-01-1/2868/09-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesin de 8 de febrero de 2012, por mayora de...

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