Tesis nº VII-CASR-CEIII-2 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2014

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 35. Junio 2014. p. 307
EpocaSéptima Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-CASR-CEIII-2

RESOLUCIONES FAVORABLES AL PARTICULAR. LAS DIRECCIONES LOCALES DE LA COMISIN NACIONAL DEL AGUA NO PUEDEN REVOCAR ESTAS DE MANERA AUTNOMA, PUES EL MEDIO IDNEO PARA HACERLO ES A TRAVS DEL JUICIO DE LESIVIDAD.-

El artculo 13, fraccin III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece la facultad de las autoridades para demandar la modificacin o nulidad de una resolucin favorable a un particular ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, as como los trminos y modalidades para realizar la impugnacin respectiva; de dicho precepto legal, se deduce que si en un primer momento la autoridad emite una resolucin favorable al particular, dicha autoridad no puede revocar tal determinacin de forma autnoma, con la emisin de una diversa, puesto que la va correspondiente para anular la resolucin favorable emitida y notificada a un particular, es a travs de la interposicin del juicio de lesividad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; en tales consideraciones, aun en el caso de que el particular presente ante la Comisin Nacional del Agua dos solicitudes de redistribucin de volmenes con incremento de infraestructura, siempre...

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