Tesis nº II-TASS-2603 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 1981

Número de resoluciónII-TASS-2603
Fecha de publicación01 Junio 1981
Fecha01 Junio 1981
Número de registro2692
MateriaPROCESAL
LocalizadorR.T.F.F. No. 18. Junio 1981. p. 35;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si al iniciarse formalmente la audiencia de ley se da cuenta con la remisión de un expediente relativo a otro juicio para que se estudie su posible acumulación al en que se actúa, y se señala fecha para la audiencia incidental, debe de interpretarse que para efecto de fijar la competencia por razón de territorio, propiamente no se inició la audiencia, pues es lógico inferir que el sentido del artículo sexto transitorio de la Ley Orgánica del Tribunal en cuanto establece en su segundo párrafo que “A la Sala o S. que se instalen conforme a este procedimiento, a partir de la fecha de iniciación de actividades, le serán turnados los asuntos de su competencia territorial de que estuvieren conociendo las...

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