Tesis nº III-TASR-V-19 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 1992

Número de resoluciónIII-TASR-V-19
Fecha de publicación01 Septiembre 1992
Fecha01 Septiembre 1992
Número de registro16836
MateriaPROCESAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año V. No. 57. Septiembre 1992. p. 43;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con la naturaleza concerniente a la función que desempeña quien ostenta el cargo de Notario Público, debe entenderse que la certificación de un documento público que se encarga a cualquier fedatario por los particulares, se circunscribe a hacer constar que esta es copia fiel del que se pone a la vista para dicho fin, tal y como fue presentado por el solicitante, sin que ello signifique en modo alguno, que conste al Notario que el documento que se le presenta sea el mismo que realmente fue emitido por una determinada entidad oficial o bien el que fue notificado a un particular; de donde debe seguirse que atendiendo a la carga probatoria regulada por el artículo 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en materia fiscal, en el juicio contencioso administrativo, cuando el actor afirme que un acto administrativo le fue notificado en documento con firma facsimilar del funcionario que lo emitió, está obligado para acreditar su dicho a exhibir tal documento como le fue entregado, de donde se concluye lógicamente que la certificación de un...

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