Tesis nº I-TS-5189 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1950

Número de resoluciónI-TS-5189
Fecha de publicación01 Enero 1950
Fecha01 Enero 1950
Número de registro32617
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XIV. No. 157 - 168. Enero - Diciembre 1950. p. 33
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El precepto de referencia dispone en el párrafo segundo del inciso a) que las demás deducciones para determinar la utilidad contable se ajustarán a lo prevenido por el artículo 56 del propio Reglamento, y, de acuerdo con esta última disposición, las deducciones deben ser, en su caso, las estrictamente necesarias para los fines de la explotación, una consecuencia normal de ella, estar en proporción con las operaciones del causante y haber sido realmente pagadas durante el año. Por tanto, las condiciones de estricta necesidad en las deducciones, no puede quedar al arbitrio ni del causante ni de la autoridad fiscal; de ahí que el artículo 39 del propio Reglamento establezca en sus fracciones II y III la...

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