Tesis nº I-TS-7242 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1965

Número de resoluciónI-TS-7242
Fecha de publicación01 Enero 1965
Fecha01 Enero 1965
Número de registro35146
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XXIX. Nos. 337 - 348. Enero - Diciembre de 1965. 1966. p. 261;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si la autoridad manifiesta que a un automóvil se le adaptó un motor de idénticas características que el anterior, y el causante sostiene que se trata del mismo motor, del cual se desprendió la placa y el número de serie, se plantea seria duda sobre la veracidad de una y otra afirmaciones, la controversia debe resolverse con base en el artículo 20 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, que establece que “cuando haya conflictos de derecho, a falta de disposición expresa que sea aplicable, la controversia se dictará a favor del que trate de evitarse perjuicios y no del que pretenda obtener un lucro”, y con apoyo, además, en el principio de derecho penal, aplicable en este caso, que reza: “in dubio, pro reo”.

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