Tesis nº VI-TASR-XXXIII-22 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2013

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 29. Diciembre 2013. p. 418
EpocaSéptima Época

LEY FEDERAL DE PROTECCIN AL CONSUMIDOR

VI-TASR-XXXIII-22

PROCURADURA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. ES INCOMPETENTE PARA SANCIONAR AL PROVEEDOR, POR CARGOS REALIZADOS A LA CONSUMIDORA POR DIVERSA INSTITUCIN BANCARIA, POR OPERACIONES CELEBRADAS CON AQUL.-

En trminos del artculo 5, de la Ley Federal de Proteccin al Consumidor, los servicios regulados por las leyes financieras que presten las instituciones y organizaciones cuya supervisin est a cargo de las comisiones nacionales bancarias y de valores, quedan fuera de la aplicacin de aquel ordenamiento legal y por tanto, de la competencia de la Procuradura Federal del Consumidor. En ese sentido, la sancin que impone dicha dependencia apoyndose en el hecho de que diversa institucin bancaria efecta descuentos a la parte consumidora, sin que la proveedora se responsabilice, es contraria al citado...

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