Tesis nº VII-P-2aS-586 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2014

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 40. Noviembre 2014. p. 444
EpocaSéptima Época

TRATADO DE LIBRE COMERCIODE AMRICA DEL NORTE

VII-P-2aS-586

DOMICILIO SEALADO EN EL CERTIFICADO DE ORIGEN EMITIDO AL AMPARO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMRICA DEL NORTE. DEBE SER AQUEL EN EL CUAL SE LOCALICE AL EXPORTADOR O PRODUCTOR QUE LO EXPIDE O A SU REPRESENTANTE LEGAL.-

De lo dispuesto en el artculo 501 (1) del Tratado de Libre Comercio de Amrica del Norte se desprende que el certificado de origen constituye un instrumento que servir para confirmar que un bien que se exporte de territorio de una Parte a territorio de otra, califica como originario, el cual de conformidad con la Resolucin por la que se establecen las Reglas de Carcter General Relativas a la Aplicacin de las Disposiciones en Materia Aduanera del Tratado de Libre Comercio de Amrica del Norte, en relacin con el Instructivo de llenado del certificado de origen, deber contener entre otros requisitos, en el Campo 1, el dato relativo al domicilio del exportador. As, si una de las Partes del tratado quiere verificar el origen de un bien, en el artculo 506 de dicho instrumento internacional, se establece un procedimiento que reviste las modalidades siguientes: i) cuestionarios escritos dirigidos al exportador o al productor, ii) visitas a las instalaciones de un exportador o del productor con el propsito de examinar los registros contables referidos en el inciso A) del artculo 505 del citado tratado, y iii) visitas a las instalaciones de un exportador o del productor con el propsito de inspeccionar las instalaciones que se utilicen en la produccin del bien. Para lo anterior, la autoridad aduanera de la Parte que realice el procedimiento de verificacin, se basar en los datos contenidos en el certificado de origen, por lo que en cuanto a lo relativo al domicilio del exportador o productor que lo expidi, no basta con sealar aquel donde se encuentre registrado, sino que debe tratarse de un domicilio donde se le pueda localizar o a su representante legal, ya que el certificado de origen en cita, tiene como finalidad ser una herramienta para confirmar el origen de los bienes respecto de los cuales se expidi, razn por la que los datos que se asienten en l debern ser aquellos que correspondan al lugar donde puedan realizarse si es necesario, visitas a las instalaciones del exportador o del productor que lo emiti, pues de lo contrario podra llegar a ser imposible conocer si un bien es originario de alguna de las Partes del tratado.

Juicio Contencioso Administrativo Nm...

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