Tesis nº VII-P-1aS-1177 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2015

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 48. Julio 2015. p. 304
EpocaSéptima Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-P-1aS-1177

SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. TRATÁNDOSE DE LA IMPUGNACIÓN DE UNA NORMA DE VIGENCIA DETERMINADA. CUANDO NO SE ACTUALIZA.-

Acorde al ámbito de vigencia temporal de las normas jurídicas, estas se clasifican en normas de vigencia indeterminada y normas de vigencia determinada, entendidas las primeras como las normas cuyo ámbito temporal de validez no se fijó desde el momento de su promulgación; en tanto, que las segundas se definen como las normas cuyo ámbito temporal de validez, se encuentra establecido desde el momento de su promulgación; es decir, transcurrido el plazo establecido, la norma pierde su eficacia; ahora bien, el Acuerdo a través del cual el Secretario de Economía fija el precio máximo del gas licuado de petróleo para el usuario final tiene el carácter de norma de vigencia temporal determinada; ya que, su emisión es mensual; por lo que, la autoridad emplazada a juicio puede argumentar que el juicio de que se trate ha quedado sin materia, cuando el ámbito temporal de validez del Acuerdo de referencia, controvertido en esta instancia ha expirado; en virtud, de la emisión de un nuevo Acuerdo para tales efectos; argumento, que debe considerarse infundado, en los casos en que la parte actora controvierta la legalidad del Acuerdo a través del cual el Secretario de Economía fija el precio máximo del gas licuado de petróleo para el usuario final, en unión con su primer acto de aplicación; pues, la afectación...

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