Tesis nº VI-TASR-XXXIII-17 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011

Número de resoluciónVI-TASR-XXXIII-17
Fecha de publicación01 Febrero 2011
Fecha01 Febrero 2011
Número de registro53874
MateriaLEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 38. Febrero 2011. p. 386
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Para cumplir con la exigencia de la debida fundamentación y motivación prevista en el artículo 16 Constitucional, es válido que la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor, al imponer las sanciones que en derecho correspondan, considere los elementos previstos en el artículo 132 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, entre los que se encuentra la capacidad económica del infractor; de tal suerte que si sólo cuenta con el dato del capital en giro, aun y cuando no muestra la condición económica real del infractor, en tanto que esta sólo puede verse reflejada a través de sus utilidades, pérdidas y activos, dicha Procuraduría sí puede considerarlo dato para individualizar la capacidad económica del infractor, debido a que si éste considera que su capacidad económica no se ve reflejada con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR