Tesis nº VI-P-1aS-489 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2011

Número de resoluciónVI-P-1aS-489
Fecha de publicación01 Octubre 2011
Fecha01 Octubre 2011
Número de registro54574
MateriaTRATADOS INTERNACIONALES
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 3. Octubre 2011. p. 205
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con el artículo 12, párrafo 3, del Convenio señalado, celebrado de conformidad con el Modelo de Convenio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, y los artículos 15-B del Código Fiscal de la Federación y 200 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, dentro del término de regalías se incluyen los programas o conjuntos de instrucciones para computadoras requeridos para los procesos operacionales de las mismas o para llevar a cabo tareas de aplicación, lo que constituye un software. Además, dicho artículo 12, establece que: “El término ‘regalías’ también incluye las ganancias obtenidas de la enajenación de cualquiera de dichos derechos o bienes condicionadas a la productividad o uso de los mismos”. Sin embargo, en dichos C. se hizo la precisión que cuando se trate de software que sea para uso personal o del negocio del licenciatario, los pagos deben considerarse como beneficios empresariales, ya que la naturaleza de dicha enajenación, no puede resultar modificada por la forma que adopte la contraprestación, y dado que tales C. no pueden desatenderse por...

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