Tesis nº V-TASR-I-3012 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2007
Juez | Aislada, Primera Sala Regional Metropolitana. México, D.F. |
Materia | LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS,Derecho Fiscal |
Fecha | 01 Noviembre 2007 |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2007 |
Localizador | R.T.F.J.F.A. Quinta Ãpoca. Año VII. No. 83. Noviembre 2007. p. 234 |
Emisor | Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa |
Número de resolución | V-TASR-I-3012 |
TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PBLICOS
V-TASR-I-3012
ACUMULACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDADES.- ES UNA FIGURA DE CARÁCTER ADJETIVO; POR LO QUE LA EMISIÓN DE RESOLUCIONES INDEPENDIENTES DERIVADAS DE UN PROCEDIMIENTO, NO ALTERA EL DERECHO SUSTANTIVO DE CADA UNO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS INVOLUCRADOS.-
El incidente de acumulación no puede tener efectos de desligar o deslindar el grado de participación de uno u otro servidor público, respecto de las conductas irregulares por las que se haya iniciado un procedimiento de responsabilidades, ni mucho menos de distribuir las sanciones que en su caso correspondan en virtud de tal participación, sino que tal incidente tiene como finalidad para efectos de economía procesal, la necesidad y conveniencia de evitar que, de seguirse separadamente diversos procesos, pudieran dictarse resoluciones contradictorias, lo que acarrearía grave daño al prestigio de la administración de justicia, además de los perjuicios que necesariamente podrían irrogarse a las partes, cuestión que no es ajena de los procedimientos administrativos de responsabilidades de los servidores públicos, pero aún más, la acumulación de autos por conexidad, en su caso, no puede traer como consecuencia la ilegalidad de una resolución dictada en materia de responsabilidades, pues la referida institución solamente tiene como finalidad lograr la economía procesal y que los procedimientos se fallen en una misma resolución administrativa, es decir, tiene efectos adjetivos y no sustantivos, ello en virtud de que aún cuando se integre un sólo expediente, se manden citar a diversos servidores públicos, se lleve una sola audiencia para todos ellos, pero se resuelvan en varias resoluciones, aun en tales circunstancias, el órgano interno de control está obligado a...
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