Tesis nº VI-TASR-XXVIII-21 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2012

JuezAislada, Segunda Sala Regional de Occidente
MateriaREGLAMENTO DE LA PROCURADURÍA
FEDERAL DEL CONSUMIDOR,Derecho Fiscal
Fecha01 Septiembre 2012
Fecha de publicación01 Septiembre 2012
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 14. Septiembre 2012. p. 201
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-TASR-XXVIII-21

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

REGLAMENTO DE LA PROCURADURA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

VI-TASR-XXVIII-21

DIRECTOR GENERAL DE VERIFICACIÓN DE COMBUSTIBLES. SUS FACULTADES PARA DESIGNAR VERIFICADORES SE ENCUENTRAN CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 4, ÚLTIMO PÁRRAFO Y 17, PRIMER PÁRRAFO, DEL REGLAMENTO DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR.-

Del examen del artículo 4, último párrafo, del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, se desprende que está compuesto de tres párrafos; el primero está compuesto de veintiséis fracciones, estableciéndose en cada una de ellas, las unidades administrativas con que contará la Procuraduría Federal del Consumidor para el ejercicio de sus funciones; en el segundo, se prevé que al frente de cada una de las unidades administrativas existirá un titular, quien gozará de las facultades establecidas en el propio Reglamento y en el Estatuto Orgánico de dicha Dependencia y finalmente, en el último párrafo se precisa que la Procuraduría contará también con distintos funcionarios públicos, entre ellos, verificadores. Por otra parte, el numeral 17 del Reglamento en comento, está integrado de tres párrafos; en el primero se establece que al frente de cada una de las Direcciones Generales habrá un D. General, quien será auxiliado para el despacho de sus asuntos por el personal a que se refiere el último párrafo del ordinal 4; el segundo está compuesto de veintitrés fracciones y en ellas se...

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