Tesis nº VII-TASR-1NOI-13 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2012

JuezPrimera Sala Regional del Noroeste I (Tijuana, B.C.)
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Septiembre 2012
Fecha de publicación01 Septiembre 2012
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 14. Septiembre 2012. p. 181
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-TASR-1NOI-13

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VII-TASR-1NOI-13

SI EL PARTICULAR DESIGNA DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, DEBE AGOTARSE SU BÚSQUEDA EN TAL DOMICILIO PREVIO A ORDENAR LA NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS.-

Es inexacto que el artículo 136 del Código Fiscal de la Federación, permita que la autoridad notifique indistintamente en el domicilio fiscal o en el domicilio señalado para oír y recibir toda clase de notificaciones; ello porque si bien es cierto, el numeral en comento permite a la autoridad llevar a cabo la notificación en el domicilio fiscal; no es menos cierto que si en el procedimiento administrativo en materia aduanera, el particular señaló un domicilio para oír y recibir notificaciones, las mismas deben practicarse en tal domicilio; lo anterior para dotar de seguridad jurídica al gobernado, pues si la ley le brinda el derecho de señalar en cuál domicilio desea recibir las notificaciones sin importar que se trate de su domicilio fiscal o no, dicho derecho debe respetarse; y para que se actualice la facultad de la autoridad de notificar en domicilio distinto al señalado por el particular, es necesario que la autoridad emita un pronunciamiento al respecto donde se le ordene al notificador constituirse en domicilio diverso, al señalado por el particular; ello porque los notificadores son autoridades encargadas de llevar al conocimiento de las partes las resoluciones en la forma y términos ordenados por la emisora de la resolución a notificar sin que puedan motu proprio realizar la diligencia en domicilio distinto al ordenado o en forma distinta a la ordenada; ello porque al notificador corresponde...

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