Tesis nº II-TASS-4253 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 1982

JuezAislada, Sala
MateriaRENTA,Derecho Fiscal
Fecha01 Octubre 1982
Fecha de publicación01 Octubre 1982
LocalizadorR.T.F.F. Segunda Epoca. Año V. No. 34. Octubre 1982. p. 177
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónII-TASS-4253

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

RENTA

II-TASS-4253

DEDUCCION POR AMORTIZACION O DEPRECIACION EN UN EJERCICIO IRREGULAR.- SOLO PUEDE EFECTUARSE UNA VEZ EN UN AO.-

El artículo 41 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta autoriza la deducción por amortización o depreciación a que se refiere la Ley vigente hasta el año de 1980, en los casos de ejercicios irregulares por cambio de fecha de balance, estableciendo que se debe hacer como si se tratara de un ejercicio regular, esto es de doce meses, lo que significa que si dentro de este período se presentan sucesivamente solicitudes de autorización para que se acepte como ejercicio irregular los primeros seis meses del año y después un segundo período de igual duración, también como ejercicio irregular, ya no se puede...

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