Tesis nº I-J-291 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 1959

JuezJurisprudencia, Pleno
MateriaDerecho Fiscal
Fecha01 Marzo 1959
Fecha de publicación01 Marzo 1959
LocalizadorR.T.F.F. Primera Época. Año XXIII. No. 265 - 267. Enero - Marzo 1959.p. 12(Compilación) R.T.F.F. Sentencias pronunciadas por el Pleno del Tribunal durante los años de 1949 al primer semestre de 1959, Tomo II. 1960. p. 882
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónI-J-291

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

I-J-291

JURISPRUDENCIAS PLENARIAS DE 31 DE OCTUBRE DE 1938, DE 26 DE OCTUBRE DE 1937 Y DE 13 DE ENERO DE 1941.-

El Pleno resuelve que las mencionadas jurisprudencias no han sido violadas, la primera por haber sido derogada posteriormente al reformarse el artculo 3º. de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de 19 de abril de 1937, la segunda no resulta aplicable por indicar que puede invocarse violación a la jurisprudencia establecida para caso análogo, y en la especie no ha menester estudiar si hay o no analogía por haberse derogado la jurisprudencia citada. La Tercera no fue violada por haberse apegado la Sala a lo dispuesto por ella. En tal virtud no procedió el recurso de queja interpuesto.

Expediente número 626/57.- Recurso de queja interpuesto por la Procuraduría Fiscal de la Federación en contra de la sentencia dictada por la...

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