Ejecutoria nº I-TS-6389 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1959

Número de resoluciónI-TS-6389
Fecha de publicación01 Enero 1959
Fecha01 Enero 1959
Número de expediente4011/58
Número de registro26510
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño XXIII. No. 265 - 267. Enero - Marzo 1959.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

México, Distrito Federal, a veintisiete de enero de mil novecientos cincuenta y nueve. Siendo el día y hora señalados para la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos citada en este juicio y estando integrada la Primera Sala del Tribunal Fiscal de la Federación sin asistencia de las partes, se procedió a verificarla. El C.S. dio lectura a la demanda, oficios de contestación y demás constancias de autos y la Sala acordó: T. por rendidas las pruebas ofrecidas oportunamente, se declaran VISTOS los autos, y

R E S U L T A N D O :

PRIMERO

El señor L.M.P.C., en su carácter de apoderado de la firma ESTACIONES TEPEYAC, S.A., personalidad que acreditó con el testimonio notarial respectivo, en los términos de su escrito de fecha 4 de septiembre del año próximo pasado, demanda la nulidad de la resolución dictada por el Departamento Técnico Calificador del Impuesto sobre la Renta., dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, e igualmente de la resolución dictada por el Grupo de Reconsideraciones de la misma Dirección, de fecha 25 de julio de 1958, contenida en el oficio número 135039 de 21 de agosto del propio año, en la inteligencia de que la resolución primeramente citada, se refiere a la calificación que se asignó a la declaración definitiva presentada por su mandante, relativa al ejercicio fiscal de 15 de noviembre de 1956, al 14 de noviembre de 1957.

Hizo alusión a los antecedentes que siguen: Que su mandante formuló la declaración definitiva, para efectos del Impuesto sobre la Renta en Cédula I, ganancias distribuibles y utilidades excedentes, por el ejercicio fiscal de 14 de noviembre de 1956 al 15 de noviembre de 1957, presentándola oportunamente el día 7 de febrero del año de 1958, tomándose los autos de los libros de contabilidad y documentación conexa.

Que el Departamento Técnico Calificador, sin solicitar los libros de contabilidad de su mandante, ni siquiera pedir la presentación de los documentos, expidió el dictamen de calificación y formularlo número 96689 de fecha 19 de febrero de 1958.

Que a virtud del formularlo de referencia, se estableció una diferencia de $ 5,408.09 (CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS, NUEVE CENTAVOS) por Cédula I; $ 5,705.89 (CINCO MIL SETECIENTOS CINCO PESOS, OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS) por utilidades excedentes y $ 36.85 (TREINTA Y SEIS PESOS, OCHENTA Y CINCO CENTAVOS) por Cédula VI, haciendo todas estas cantidades un total de $ 11,150.83, (ONCE...

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