Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19.

Fecha de Resolución12 de Junio de 2020
EmisorUnica Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 13/2020, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL ESQUEMA DE TRABAJO Y MEDIDAS DE CONTINGENCIA EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES POR EL FENÓMENO DE SALUD PÚBLICA DERIVADO DEL VIRUS COVID-19.

CONSIDERANDO

PRIMERO

La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del mismo, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

SEGUNDO

De conformidad con el artículo 100, primer párrafo constitucional, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

TERCERO

Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

CUARTO

El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró que el coronavirus SARS-CoV2 y la enfermedad COVID-19 debían calificarse como una pandemia, razón por la cual se hizo "un llamamiento a los países para que adopten medidas urgentes y agresivas".

QUINTO

En el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de Salubridad General y el Secretario de Salud han emitido diversos acuerdos para hacer frente a la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), dentro de las cuales destaca la adopción de medidas estrictas de distanciamiento social y de esquemas para asegurar la continuidad de las actividades catalogadas como esenciales, dentro de las que se incluyó a la procuración e impartición de justicia.

SEXTO

En respuesta al brote del virus COVID-19 y partiendo de las mejores prácticas en la materia, especialmente las derivadas de recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Consejo de la Judicatura Federal adoptó medidas preventivas para la protección de sus servidoras y servidores públicos y de las personas justiciables en general, así como acciones para promover y vigilar su cumplimiento en los centros de trabajo.

· El 17 de marzo de 2020 el Pleno del Consejo emitió el Acuerdo General 4/2020, relativo a las medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19. El Acuerdo asumió la prestación del servicio público de impartición de justicia como una actividad esencial y, consecuentemente, mantuvo la operatividad de los órganos jurisdiccionales para la atención de casos urgentes, bajo un esquema estricto de distanciamiento social y trabajo a distancia como elementos centrales. La Comisión Especial instruyó la emisión de dos circulares, SECNO/4/2020 y SECNO/5/2020 del 19 y 25 de marzo, precisando algunos alcances del Acuerdo.

· El 13 de abril de 2020 el Pleno del Consejo emitió el Acuerdo General 6/2020, mediante el cual se reformó y adicionó el diverso 4/2020, para ajustarlo en tres sentidos: (i) ampliar la descripción del concepto de casos urgentes; (ii) establecer medidas de apoyo a los órganos de guardia; y (iii) aumentar el número de órganos de guardia y reemplazar a la mayoría.

· El 27 de abril de 2020 el Pleno del Consejo emitió el Acuerdo General 8/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, con la finalidad de establecer un nuevo esquema de contingencia en los órganos jurisdiccionales que mantuviera la atención a casos urgentes a partir de un catálogo nuevo, y agregando la posibilidad de resolver asuntos listos para sentencia que se hubieran sustanciado físicamente, así como la de tramitar y resolver asuntos mediante el esquema de "juicio en línea".

· El 25 de mayo de 2020 el Pleno del Consejo emitió el Acuerdo General 10/2020, mediante el cual se

prorrogó la vigencia del diverso 8/2020;

SÉPTIMO

El Consejo de la Judicatura Federal estima que la continuada prolongación del período de contingencia sanitaria le constriñe a fortalecer el nuevo esquema de operación en el ámbito jurisdiccional, manteniendo como eje rector la adopción de las medidas necesarias para preservar la salud e integridad de las personas justiciables y del personal de los órganos jurisdiccionales, pero dando el paso a una segunda etapa del restablecimiento de la actividad jurisdiccional a mayor escala. Como se dijo en los considerandos del Acuerdo General 8/2020, en este equilibrio debe considerarse que el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación tiene efecto expansivo, pues inevitablemente impacta en la actuación de los poderes judiciales locales, de otros órganos jurisdiccionales, de autoridades de todos los ámbitos de Gobierno, y de las personas justiciables y sus representantes y autorizados. Por lo anterior, las medidas que se adoptan en esta nueva etapa se mantienen en consonancia con la política de sana distancia y de reducción de la movilidad necesarias para enfrentar la contingencia, y se insiste en la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones, el trabajo a distancia y el máximo aprovechamiento de las capacidades productivas de los órganos jurisdiccionales.

OCTAVO

El esquema de trabajo que ahora se plantea encuentra respaldo en recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos, dentro de las que destacan la resolución 1/2020, "Pandemia y Derechos Humanos en las Américas", de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la Declaración "Emergencia del coronavirus: desafíos para la justicia", del Relator Especial de Naciones Unidas sobre independencia judicial.

NOVENO

La primera parte del esquema y uno de los elementos fundamentales para garantizar el acceso a la justicia, consiste en la atención ininterrumpida e incondicional a los denominados "casos urgentes". Al respecto, se mantiene la estimación de que el país enfrenta una situación excepcional y sin precedentes, lo cual requiere de precisión y amplitud en torno a lo que debe considerarse "urgente", de modo que el turno de asuntos bajo el esquema de guardias permita la atención oportuna de esos casos.

Así, en la línea de los Acuerdos Generales 4/2020, 6/2020, 8/2020 y 10/2020, se reitera que el catálogo de "casos urgentes" retomado de este último no es limitativo, sino que deja lugar al prudente arbitrio de las y los juzgadores para determinar los asuntos que revistan tal carácter, conforme a las leyes que los rijan. Para estos efectos, es necesario enfatizar que las circunstancias que dieron lugar a la emisión de los Acuerdos Generales 4/2020, 6/2020, 8/2020 y 10/2020, y a la adopción de las acciones para atender la emergencia sanitaria generada por el virus COVID-19 son inéditas y extraordinarias, lo que coloca a las y los operadores jurídicos en un terreno completamente novedoso.

Así, en cada caso, será de la mayor importancia tener presentes los principios constitucionales que rigen la actuación de las juezas y los jueces constitucionales, quienes deberán tomar en consideración: (i) los derechos humanos en juego, la trascendencia de su eventual trasgresión y las consecuencias que pudiera traer la espera en la conclusión del periodo de contingencia, cuya extensión y ramificaciones se apartan de las de un simple receso; y (ii) los posibles impactos diferenciados e interseccionales sobre el acceso a derechos económicos y sociales para colectivos y poblaciones en especial situación de vulnerabilidad.

Adicionalmente, se mantiene la consideración de que, en el contexto actual, los asuntos que conlleven solicitudes de beneficios preliberacionales tendrán necesariamente el carácter de urgentes, pues el abatimiento de la sobrepoblación de los centros penitenciarios y la permanencia en ellos de personas con alguna situación especial de vulnerabilidad, constituyen un elemento importante para la estrategia de disminución de contagio del Covid-19.

Finalmente, existen asuntos urgentes que no derivan de casos nuevos y que son competencia de órganos jurisdiccionales que pueden no encontrarse de turno para cubrir guardia de turno, como ocurre con la posible modificación de una suspensión o la determinación de la prescripción de acciones penales o de órdenes de aprehensión o reaprehensión. Para la recepción de este tipo de asuntos, siempre debe haber personal del órgano jurisdiccional pendiente, en lo que se ha denominado en la práctica como "guardia baja". Así, en el presente instrumento se abunda sobre esta situación.

DÉCIMO

Como complemento de la atención a casos urgentes, el esquema de trabajo diseñado por el Consejo de la Judicatura Federal prevé la resolución de asuntos tramitados y listos para sentencia, así como la continuidad de casos tramitados bajo el esquema de "juicio en línea", referido a los expedientes en los que las partes actúen desde el Portal de Servicios en Línea y en los que la tramitación electrónica sea el eje principal.

DÉCIMO PRIMERO

En virtud de que permanecen las causas de fuerza mayor que dieron lugar a la emisión de los Acuerdos Generales Plenarios 4/2020, 6/2020, 8/2020 y 10/2020, antes referidos, se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
468 sentencias
1 artículos doctrinales
  • Medidas cautelares en materia concursal
    • México
    • Revista el Mundo del Abogado Núm. 256, Agosto 2020
    • 1 Agosto 2020
    ...Diario Oicial de la Federacín, núm. 10, 12 de junio de 2020, pp. 112-142 (https://bit. ly/2ZWN9DR). 17Vid. “Acuerdo general 13/2020 del pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de sal......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR