Acuerdo General 16/2016 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al conocimiento por parte de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de Figueroa, de las causas penales que actualmente son competencia de los Juzgados de Distrito en el referido estado, con sede en Tuxtla Gutiérrez; así como al cambio de denominación y competencia de estos últimos, y a la nueva denominación de los Juzgados de Distrito en la citada entidad federativa, con sede en Tapachula

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2016
EmisorCuarta Seccion

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 16/2016, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CONOCIMIENTO POR PARTE DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN CINTALAPA DE FIGUEROA, DE LAS CAUSAS PENALES QUE ACTUALMENTE SON COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL REFERIDO ESTADO, CON SEDE EN TUXTLA GUTIÉRREZ; ASÍ COMO AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN Y COMPETENCIA DE ESTOS ÚLTIMOS, Y A LA NUEVA DENOMINACIÓN DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN LA CITADA ENTIDAD FEDERATIVA, CON SEDE EN TAPACHULA.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y los juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO

De conformidad con en el artículo 94, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 81, fracciones IV, VI y XXIV, y 144, párrafo segundo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales y, en su caso, la especialización por materia de los juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana. Así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos. Esta última atribución, la ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;

TERCERO

El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

CUARTO

Que el artículo 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, señala que cuando se establezcan en un mismo lugar varios juzgados de Distrito que no tengan competencia especial o que deban conocer de la misma materia, tendrán una o varias oficinas de correspondencia común, las cuales recibirán las promociones, las registrarán por orden numérico riguroso y las turnarán inmediatamente al órgano que corresponda de conformidad con las disposiciones que dicte el Consejo de la Judicatura Federal;

QUINTO

Con la entrada en vigor del presente Acuerdo las causas penales del conocimiento de los Juzgados de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, serán del conocimiento de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el mismo Estado, con sede en Cintalapa de F., a fin de equilibrar las elevadas cargas de trabajo con que cuentan los juzgados de Distrito de la capital de dicha entidad federativa.

Es importante señalar que a partir del treinta de noviembre de dos mil quince, los Juzgados de Distrito antes referidos, ya no conocen de los nuevos procedimientos penales, en razón de que a las cero horas de la citada fecha, inició funciones el nuevo Centro de Justica Penal Federal en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de Figueroa;

SEXTO

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de diecisiete de febrero de dos mil dieciséis, aprobó el dictamen relativo al conocimiento por parte de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de F., de las causas penales que actualmente son competencia de los Juzgados de Distrito en el referido Estado, con sede en Tuxtla G., así como al cambio de denominación y competencia de estos últimos, y a la nueva denominación de los Juzgados de Distrito en la citada entidad, con sede en Tapachula; y

SÉPTIMO

Por lo anterior, debe disponerse la distribución de las causas penales de los Juzgados de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla G. actualmente en trámite, así como las suspensas en archivo provisional y determinarse las características de aquéllas que deberán conservar hasta su archivo definitivo, y demás aspectos relacionados con la implementación del presente Acuerdo.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

Artículo 1. A partir del catorce de marzo de dos mil dieciséis, los cinco Juzgados de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, cambian de denominación y modifican su competencia, para quedar como sigue:

DENOMINACIÓN ANTERIOR
NUEVA DENOMINACIÓN
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.
Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.
Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.
Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en...

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