Acuerdo General 16/2019 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de denominación y ampliación de competencia de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro; a la conclusión de funciones de la oficina de correspondencia común que les presta servicio a dichos órganos; al cambio de denominación de la oficina de correspondencia común que brinda servicio a los Juzgados de Distrito de Amparo y Juicios Federales en la misma entidad federativa; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Juzgados de Distrito indicados en primer lugar; y que reforma el similar 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2019
EmisorUnica Seccion

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 16/2019, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN Y AMPLIACIÓN DE COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE QUERÉTARO; A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN QUE LES PRESTA SERVICIO A DICHOS ÓRGANOS; AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN QUE BRINDA SERVICIO A LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN LA MISMA ENTIDAD FEDERATIVA; ASÍ COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO INDICADOS EN PRIMER LUGAR; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus atribuciones;

SEGUNDO

Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones VI y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los Juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana; así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;

TERCERO

El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

CUARTO

En sesión celebrada el tres de julio de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal tomó conocimiento del "Estudio integral relativo a la situación estadística de los Tribunales Unitarios de Circuito y Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales a nivel nacional, la viabilidad de su conclusión de funciones y, en su caso, inicio de diversos órganos jurisdiccionales".

QUINTO

El incremento en el número de ingresos y la complejidad en el trámite de los mismos, ha ocasionado el aumento en las cargas de trabajo que registran los Juzgados de Distrito de A. y Juicios

Federales en el Estado de Querétaro, mientras que los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales de la misma entidad federativa han visto disminuidos sus ingresos por virtud de la implementación de la reforma en materia penal, lo que hace necesario aplicar medidas de solución a la problemática en comento.

SEXTO

En sesión celebrada el dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó el Estudio relativo al cambio de denominación y ampliación de competencia de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, con sede en la ciudad del mismo nombre.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

Artículo 1. A partir del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, con residencia en la ciudad del mismo nombre, cambian de denominación conforme...

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