Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona diversas disposiciones de los similares que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2014
EmisorPrimera Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS SIMILARES QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO; Y QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y ARCHIVOS.

CONSIDERANDO

PRIMERO

La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

De conformidad con el artículo 100, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO

Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en su artículo 11, fracción XIX, dispone que es facultad del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reglamentar el funcionamiento del Centro de Documentación y Análisis, el cual se integra, entre otras áreas, por los archivos de los tribunales federales foráneos, es decir, de los Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios y Tribunales Colegiados de Circuito, por lo que dicho Centro funge como órgano coordinador de los Archivos del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo que dispone la Ley Federal de Archivos, en sus artículos 4, fracción VIII, 10, 11, 12 y demás aplicables. Para tal efecto, el Consejo de la Judicatura Federal estimó necesario implementar medidas para auxiliar a los órganos jurisdiccionales federales en las actividades administrativas relacionadas con los archivos;

QUINTO

Los Acuerdos Generales Conjuntos 1/2009, 2/2009 y 3/2009 establecen los lineamientos, para la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes judiciales generados en los Tribunales Colegiados, Tribunales Unitarios y Juzgados de Distrito;

SEXTO

El Consejo de la Judicatura Federal en ejercicio de sus funciones de administración, con el objeto de fortalecer el apoyo a los órganos jurisdiccionales en el proceso de digitalización de los expedientes judiciales, así como su transferencia a las áreas de resguardo documental de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consideró necesaria la creación de una Unidad Administrativa encargada de auxiliar a los referidos órganos en esas actividades, en tal virtud el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión ordinaria celebrada el siete de agosto de dos mil trece, autorizó la creación del Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo de la Judicatura Federal; y

SÉPTIMO

El Centro también tendrá por objeto proporcionar apoyo a los órganos jurisdiccionales, en el resguardo provisional de los expedientes judiciales concluidos, hasta en tanto se lleve a cabo su transferencia definitiva; así como brindar el servicio de digitalización a las áreas administrativas del propio Consejo de la Judicatura Federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuando así lo requieran.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman los artículos 2, fracción XV; 96; fracciones II y III; y se adicionan la fracción IV al artículo 96 y la Sección Segunda Bis al Capítulo Décimo Primero del Título Segundo con los artículos 194 Bis a 194 Quáter del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. a XIV. ...

XV. Unidades administrativas: Las ponencias de los Consejeros, O.M., secretarías ejecutivas, coordinaciones, Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de A. y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, secretarías técnicas de Comisiones, direcciones generales, así como la Unidad de Enlace del Consejo; el Archivo General del Consejo, las Administraciones de los Centros de Justicia Penal, el Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo y demás que sean autorizadas por el Pleno.

Artículo 96. ...

I. ...

II. Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo;

III. Secretaría Técnica del Comité de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Consejo; y

IV.- Unidad de Enlace del Consejo.

SECCIÓN SEGUNDA BIS

DEL CENTRO DE MANEJO DOCUMENTAL Y DIGITALIZACIÓN DEL CONSEJO

Artículo 194 Bis. El Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo es la unidad administrativa encargada del resguardo provisional, organización, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes judiciales a cargo de los órganos jurisdiccionales, y digitalizar los expedientes de las áreas administrativas del propio Consejo; así como de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuando así lo requieran.

Adicionalmente, podrá auxiliar a los órganos jurisdiccionales en la transferencia de los expedientes judiciales, para su destino final a las áreas de resguardo documental de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de conformidad con el Acuerdo General Conjunto de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la valoración, transferencia, y baja documental de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito y Tribunales Colegiados de Circuito, correspondiente.

Artículo 194 Ter. El Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo estará a cargo del servidor público que designe la Comisión para la Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Consejo, a propuesta del titular de la Coordinación para la Transparencia, Acceso a la Información y Archivos del Consejo.

Para ser titular del Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo se requiere cumplir con los siguientes requisitos:

I. Contar con título y cédula profesional en materia de archivonomía, archivología, administración, derecho, contaduría pública o informática, con una antigüedad mínima de tres años; y

II. Contar con experiencia en manejo documental o archivos mínima de tres años, debidamente acreditada.

Artículo 194 Q.. El Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo tendrá las siguientes atribuciones:

I.D. y dar seguimiento a los programas relativos a la recepción, organización, digitalización, depuración, destrucción y resguardo provisional de los expedientes judiciales, hasta su transferencia a las áreas de resguardo documental de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo custodia del Centro de Manejo Documental;

II. Proporcionar el apoyo que requieran los órganos jurisdiccionales, así como las áreas administrativas del Consejo, en la digitalización de sus expedientes;

III. Coordinar las acciones para la remisión de expedientes provenientes de los órganos jurisdiccionales, al Centro de Manejo Documental y Digitalización del Consejo para efectos de digitalización;

IV. Auxiliar a los órganos jurisdiccionales en las gestiones necesarias para el traslado del archivo judicial bajo resguardo del Centro de Manejo Documental, a las áreas de resguardo documental de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; de conformidad con lo establecido en el Manual para la organización de los archivos judiciales resguardados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, autorizado por el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo;

V.A. a los órganos jurisdiccionales en las actividades relativas a la desintegración material del...

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