Ejecutoria nº I-TS-1660 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 1937

Número de resoluciónI-TS-1660
Fecha de publicación01 Octubre 1937
Número de expediente1905/937
Fecha01 Octubre 1937
Número de registro10570
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorAño I. No. s/n. Octubre 1937.
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

México, Distrito Federal, a veintiséis de octubre de mil novecientos treinta y siete.

VISTO para sentencia este juicio número 1905/937, promovido por el señor B.R., en su carácter de apoderado de la Compañía Industrial Nacional, S.A., contra actos de la Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta; y,

RESULTANDO :

PRIMERO

Por escrito de fecha 27 de enero del año en curso, la expresada Compañía impugna la resolución de la Junta Calificadora que le fijó la base de $110,000.00 como utilidad gravable anual para calcular el impuesto sobre la renta por el año de 1935, en vez de la de $38,377.34 que como utilidad gravable declaró en su oportunidad. Refiere en síntesis la promovente: que la declaración presentada contiene la expresión de todo lo que exigen la Ley y el Reglamento respectivos por concepto de ingresos y deducciones, habiendo acompañado la documentación para comprobar las diversas partidas que la componen y arrojan la utilidad declarada; que la Oficina de Estudios Contables solicitó informes, detalles y comprobantes para el estudio de dicha declaración, los cuales le fueron suministrados; que no queda al arbitrio de la Junta fijar la cantidad por supuestas utilidades para calcular el impuesto, sin proceder de acuerdo con la Ley, y por lo tanto, objeta la calificación por ser violatoria de los artículos 7º de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 38 de su Reglamento, así como del 16 de la Constitución Federal. Ofreció como pruebas las que estimó pertinentes y con fundamento en los preceptos legales que al efecto citó, concluyó pidiendo se declarara nula la resolución impugnada.

SEGUNDO

Admitida la demanda y corrido el traslado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Junta Central Calificadora, únicamente contestó esta última en oficio número 5037363 de fecha 25 de junio anterior, expresando: que la parte actora presentó su declaración de utilidades ante la Oficina Federal de Hacienda en Guadalajara, manifestando un ingreso por la cantidad de $1.315,573.45 y una utilidad gravable de $38,377.34; que a efecto de hacer la proposición respectiva, la Oficina de Estudios Contables giró a la sociedad causante un oficio pidiéndole los datos necesarios para el estudio de su declaración, entre ellos el detalle de mercancías compradas, y en relación con ese detalle se practicaron visitas a los proveedores en esta ciudad, encontrándose entre los datos suministrados por éstos y los enviados por la negociación actora, discrepancias que alteran las cantidades asentadas en la declaración, lo cual se hizo constar en el acta número 89367 de 10 de noviembre anterior, levantada en la propia Oficina de Estudios Contables, cuya copia acompañó al oficio de contestación de que se está haciendo mérito; que por no ser posible considerar como reales y verídicos los datos asentados en la...

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