Acuerdo General 32/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez

Fecha de Resolución19 de Junio de 2003

ACUERDO General 32/2003 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 32/2003, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN TUXTLA GUTIERREZ.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO

Que el artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima necesario realizar el cambio de domicilio del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Chiapas, con sede en Tuxtla Gutiérrez.

En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la...

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