Tesis nº VI-P-SS-172 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2009

Número de resoluciónVI-P-SS-172
Fecha de publicación01 Agosto 2009
Fecha01 Agosto 2009
Número de registro51488
MateriaLEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL ; DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año II. No. 20. Agosto 2009. p. 72;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 11, fracción XIII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, vigente hasta el 06 de diciembre de 2007, y su correlativo, 14, fracción XI de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en vigor a partir del 07 de diciembre de 2007 disponen que, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es competente para conocer de juicios en contra de las resoluciones definitivas dictadas por las autoridades administrativas que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. A su vez, el artículo 62 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario dispone que, para declarar la revocación de las concesiones y permisos; suspensión de servicios; la imposición de las sanciones previstas en esta Ley; así como para la interposición del recurso administrativo de revisión, se estará a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Por lo anterior, resulta competente el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para conocer de las resoluciones mediante las cuales el Director General de Tarifas...

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