Tesis nº VII-P-1aS-632 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2013

JuezPrecedente, Primera Sección
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Junio 2013
Fecha de publicación01 Junio 2013
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 23. Junio 2013. p. 257
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-P-1aS-632

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN

VII-P-1aS-632

ALEGATOS EN EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SU ANLISIS ES PROCEDENTE CUANDO EN ELLOS SE PLANTEAN CUESTIONES RELACIONADAS CON LA IMPROCEDENCIA DEL JUICIO.-

Como los alegatos no constituyen otra instancia dentro de la instruccin del juicio contencioso administrativo, sino slo son un medio a travs del cual las partes pueden manifestar lo que a su derecho convenga en relacin a los puntos controvertidos del acto impugnado, sin que sea legalmente posible introducir nuevos agravios o razonamientos que no se hicieron valer en la demanda o la contestacin, as como en su caso en la ampliacin a la demanda y en la contestacin a esta, pues sirven bsicamente para desvirtuar lo dicho por la autoridad en la contestacin a la demanda, por parte del actor, y son tiles para destacar los aspectos relevantes de la litis planteada en el juicio con la contestacin a la demanda, pero no tienen la fuerza procesal que la propia ley les reconoce a la demanda y a la contestacin de la demanda, por lo que no es obligatorio para el juzgador entrar al estudio de los razonamientos novedosos expresados en esos escritos. Sin embargo, lo anterior no opera en aquellos casos en que en el escrito de alegatos se plantee por la autoridad cuestiones relacionadas con la improcedencia del juicio contencioso administrativo porque, en este supuesto, su anlisis es...

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