Tesis nº III-PSS-229 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 1993

Número de resoluciónIII-PSS-229
Fecha de publicación01 Marzo 1993
Fecha01 Marzo 1993
Número de registro17629
MateriaPROCESAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año VI. No. 63. Marzo 1993. p. 14;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si en el juicio de nulidad seguido ante el Tribunal Fiscal de la Federación queda demostrada la ilegalidad del procedimiento de fiscalización antecedente y presupuesto de la resolución liquidatoria impugnada, ya sea porque la orden de visita domiciliaria respectiva se hubiese emitido con violación a los artículos 16 Constitucional y 38 fracción III del Código Fiscal de la Federación, por no precisarse el objeto que busca ni el objeto o propósito de que se trate, o bien, porque no se circunstanció en la forma debida el hecho relativo a la identificación de los auditores designados y que comparecieron a la práctica de la visita, por no haber consignado de manera pormenorizado los datos relativos a los documentos que sirvieron para llevar a cabo dicha identificación ante el sujeto pasivo visitado, dejándose de respetar las formalidades previstas a los artículos 44 fracción III y 46 fracción I del citado C.F.; ello acarrea la nulidad lisa y llana de la liquidación de impuestos con base en los artículos 238 fracción IV y 239 fracción II del propio Código, por haberse dictado en contravención de las disposiciones aplicables que afectan la garantía de legalidad del gobernado y es fruto de un procedimiento viciado de origen, el cual no es...

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