Tesis nº IV-TA-2aS-41 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 1999

Número de resoluciónIV-TA-2aS-41
Fecha de publicación01 Junio 1999
Fecha01 Junio 1999
Número de registro25360
MateriaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
LocalizadorR.T.F.F. Año II. No.11. Junio 1999. p. 228;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De acuerdo con los artículos 14 y 16 de la Constitución Política Mexicana y conforme a las tesis que reiteradamente ha sustentado el Poder Judicial Federal, es un principio básico de nuestro sistema jurídico, el consistente en que los actos de molestia deben ser emitidos por funcionario que cuente con atribuciones concretas y específicas para ello. Por consiguiente, los peritos adscritos a las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal, que emiten el dictamen de clasificación arancelaria, cotización y avalúo de las mercancías, deben contar con facultades expresas para tal efecto, sin que sea óbice el hecho de que los mencionados peritos sean funcionarios auxiliares de las Administraciones y que el dictamen constituya un acto de carácter interno, pues no debe olvidarse que el dictamen trasciende a la esfera jurídica del gobernado cuando con base en él la autoridad determina los créditos fiscales. Ahora bien, el artículo 41 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente en 1997, otorga diversas facultades en favor de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR