Tesis nº II-TASR-XVI-495 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 1984

Número de resoluciónII-TASR-XVI-495
Fecha de publicación01 Marzo 1984
Fecha01 Marzo 1984
Número de registro6578
MateriaSEGURO SOCIAL
LocalizadorR.T.F.F. Año V. No. 51. Marzo 1984. p. 817;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si las liquidaciones de cuotas obrero patronales emitidas por la Delegación Estatal del Instituto Mexicano del Seguro Social correspondiente, solo señalan como motivación "DEDUCCION INDEBIDA EN EL GRADO DE RIESGO", es ilegal la resolución dictada dentro del recurso de inconformidad respectivo que confirma el cobro de las mencionadas liquidaciones, dado que la autoridad no cumple con los requisitos previstos por el artículo 16 Constitucional, en atención a que no señala las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que originaron la determinación del crédito a cargo de la empresa, ya que para cumplir con dichos extremos al momento de emitirse las liquidaciones debió expresarse claramente en que grado de...

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