Tesis nº IV-TASR-VII-360 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2000
Juez | Aislada, Sala Regional Noroeste II |
Materia | IMPUESTO AL ACTIVO,Derecho Fiscal |
Fecha | 01 Octubre 2000 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2000 |
Localizador | R.T.F.F. Cuarta Ãpoca. Año III. No. 27. Octubre 2000. p. 210 |
Emisor | Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa |
Número de resolución | IV-TASR-VII-360 |
TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE
IMPUESTO AL ACTIVO
IV-TASR-VII-360
COMPENSACIN DE IMPUESTO AL ACTIVO CONTRA IMPUESTO SOBRE LA RENTA. SU PROCEDENCIA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 9° DE LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO, EN RELACIÓN CON LA REGLA 4.9 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 1999.-
De la interpretación armónica del artículo 9° de la Ley del Impuesto al Activo, en relación con la regla 4.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de 1999, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 03 de marzo de ese año, se infiere que los contribuyentes podrán acreditar contra el impuesto al activo del ejercicio, una cantidad equivalente al impuesto sobre la renta causado en el mismo ejercicio; que cuando en un mismo ejercicio fiscal el impuesto sobre la renta por acreditar sea superior al impuesto al activo, los contribuyentes estarán facultados para solicitar la devolución del impuesto al activo actualizado que hubieran pagado en los diez ejercicios inmediatos anteriores; que cuando el contribuyente no ejercite esos derechos (acreditar o solicitar la devolución) pudiéndolo haber hecho, perderá su derecho de hacerlo con posterioridad; y que los contribuyentes que adquieran el derecho de solicitar la devolución de las cantidades actualizadas pagadas en el impuesto al activo conforme a los supuestos anteriores, podrán efectuar la compensación de las mismas contra el impuesto sobre la renta a su cargo, siempre que en el ejercicio de que se trate este último sea mayor al impuesto al activo; por lo tanto, debe considerarse contraria a dichas disposiciones, la resolución de la autoridad exactora que declare improcedente la compensación efectuada respecto del impuesto al activo pagado en los ejercicios fiscales de 1990, 1991, 1992 y 1994, contra el impuesto sobre la renta a cargo en el ejercicio fiscal de 1998, por el hecho de que el contribuyente haya obtenido en el ejercicio de 1993, un impuesto sobre la renta mayor al impuesto al activo en ese mismo ejercicio y no haya solicitado la devolución de este último impuesto pagado en ejercicios anteriores, pues el artículo 9° de la Ley de Impuesto al Activo vigente en 1993 (ejercicio en el que...
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