Tesis nº VII-P-1aS-1010 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2014

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 40. Noviembre 2014. p. 210
EpocaSéptima Época

LEY DE AMPARO

VII-P-1aS-1010

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, NO SE ENCUENTRA OBLIGADO A PRONUNCIARSE RESPECTO DE LA INAPLICABILIDAD DE LAS TESIS Y JURISPRUDENCIAS INVOCADAS POR LAS PARTES.-

El artculo 217 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artculos 103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 02 de Abril de 2013, dispone que la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nacin funcionando en Pleno o en Salas, por los Plenos de Circuito y los Tribunales Colegiados de Circuito, es de observancia obligatoria para los Tribunales Administrativos Federales, entre los que se encuentra el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; en tanto que, el numeral 221 de la referida ley, prev la posibilidad de que las partes invoquen tesis o jurisprudencias precisando los datos relativos a su publicacin; sin que ninguno de los preceptos en comento imponga al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, la obligacin de pronunciarse respecto de la inaplicabilidad de las tesis y jurisprudencias que hubieran sido invocadas por las partes; toda vez que en trminos de los numerales en cita, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, nicamente se encuentra obligado a acatar los criterios fijados por la Suprema Corte de Justicia de la Nacin funcionando en Pleno o en Salas, por los Plenos de Circuito o por los Tribunales Colegiados de Circuito, mediante jurisprudencia, siempre que esta sea aplicable al caso en concreto, mas no a expresar las razones por las que no aplica las tesis o jurisprudencias que las partes citan a su favor.

Juicio Contencioso Administrativo Nm. 6653/11-07-03-1/83/14-S1-02-04.- Resuelto por la Primera Seccin de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesin de 13 de marzo de 2014, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: N.E.U.G..- Secretaria: L.. M.L.C.S..

(Tesis aprobada en sesin de 2 de octubre de 2014)EN EL MISMO SENTIDO:VII-P-1aS-1011Juicio Contencioso Administrativo Nm. 2151/12-01-02-4/127/14-S1-04-04.- Resuelto por la Primera Seccin de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesin de 13 de marzo de 2014, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: R.A.U..- Secretario: L.. J.A.A.C..(Tesis aprobada en sesin de 13 marzo de 2014)

R.T.F.J.F.A. Sptima poca. Ao IV. No. 40. Noviembre 2014. p...

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