Tesis nº VII-P-2aS-791 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2015

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 48. Julio 2015. p. 469
EpocaSéptima Época

REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

VII-P-2aS-791

SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL Y DE REGULACIÓN. SU COMPETENCIA MATERIAL SE ACTUALIZA ATENDIENDO A LA MATERIA CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA.-

De conformidad con la fracción III del artículo 23 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en relación a los Acuerdos G/40/2011, SS/2/2012, SS/4/2012, SS/7/2012 y SS/5/2013 emitidos por la Sala Superior de este Órgano Jurisdiccional, la citada Sala Especializada es competente en razón de materia respecto a la impugnación de resoluciones emitidas por los Órganos Reguladores de la Actividad del Estado, S. de Estado y entidades de la Administración Pública Federal, así como por las entidades federativas en los casos de coordinación y concurrencia previamente establecidos en la legislación correspondiente, en materia de protección al medio ambiente, entre otras. De ahí que, la competencia material de la referida Sala Especializada no se excluye por el hecho de que se trate de una autoridad que no se encuentre en el listado de la citada fracción, sino es necesario analizar si la materia contenida en la resolución impugnada versa sobre la protección al medio ambiente o tiene injerencia en la misma, atendiendo a lo dispuesto en el inciso 2) de la fracción III, del invocado artículo 23. En tal virtud, la competencia material de dicha Sala se actualiza atendiendo al bien jurídicamente tutelado, esto es, al ámbito material por el que se estableció la competencia de la Sala Especializada, es decir, la protección al medio ambiente, como lo es cuando la materia involucra a la Ley de Aguas Nacionales, respecto a la solicitud de emisión del certificado de aprovechamiento de aguas interiores salobres, en la medida en que conforme a los principios que sustentan la política hídrica nacional, contenidos en el artículo 14 BIS 5, Título Tercero "Política y Programación Hídricas", Capítulo Único, Sección Primera "Política Hídrica Nacional", de la Ley de Aguas Nacionales, el agua es considerada como un bien de...

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