Tesis nº VII-P-1aS-1288 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2016

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año VI. No. 54. Enero 2016. p. 124
EpocaSéptima Época

LEY DE AGUAS NACIONALES

VII-P-1aS-1288

COMPETENCIA MATERIAL DE LA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL Y DE REGULACIÓN.- SE ACTUALIZA RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN NEGATIVA FICTA RECAÍDA A LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO DE CONCESIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE DERECHOS DE AGUA.-

De una interpretación integral y sistemática de los artículos 14 BIS, 5, 20, 21 y 21 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, se tiene que la inscripción de los títulos de concesión otorgados por la autoridad del agua en el Registro Público de Derechos del Agua, conlleva a la verificación del cumplimiento de ciertos requisitos, como el que se cuente con una concesión y que no se afecten los derechos de otros concesionarios, para que pueda realizarse dicha inscripción y la misma surta sus efectos ante terceros; en consecuencia, un título de concesión, no implica necesariamente el otorgamiento de la inscripción en el Registro Público de Derechos de Agua, pues se debe tomar en cuenta que no se afecten otras concesiones sobre los derechos de explotación, uso o aprovechamiento de agua inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua; es por ello, que tratándose de las solicitudes de información de la inscripción del título de concesión al Registro Público de Derechos de Agua, no contestados por la autoridad, vinculados al tema de títulos de concesión, su asignación, prórrogas e inscripción en el Registro Público de Derechos de Agua, estas negativas fictas deben ser resueltas por la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación, porque para la solución de la controversia deberán aplicarse disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, la cual tiene injerencia en la protección al medio ambiente, de conformidad con el artículo 2 fracción XI, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 1917/15-04-01-6-OT/3228/15-EAR-01-9/1762/15-S1-02-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de diciembre de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: N.E.U.G..- Secretaria: L.. M.L.C.S..

(Tesis aprobada en sesión de 8 de diciembre de 2015)EN EL MISMO SENTIDO:VII-P-1aS-1289Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 1821/15-04-01-9/3089/15-EAR-01-7/1575/15-S1-03-06.- Resuelto por la Primera...

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