Tesis nº VII-CASR-CEI-19 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2017

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 6. Enero 2017. p. 856
EpocaOctava Época

LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍAY NORMALIZACIÓN

VII-CASR-CEI-19

SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LAS UNIDADES DE VERIFICACIÓN. SON APLICABLES POR INCUMPLIR LAS OBLIGACIONES CONTEMPLADAS EN LA REGLA DÉCIMA DE LA LISTA DE INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN CUYA VERIFICACIÓN INICIAL, PERIÓDICA O EXTRAORDINARIA ES OBLIGATORIA Y REGLAS PARA EFECTUARLA (PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE OCTUBRE DE 2002).-

La facultad disciplinaria de la Administración Pública se distingue como una especie dentro del género de la facultad sancionadora del Estado, toda vez que tiene lugar al interior de la misma y deriva de la relación especial que guarda la propia administración no con sus administrados, sino con sus servidores públicos y se instruye con la finalidad de evitar prácticas contrarias a los valores y cualidades que orientan a la administración pública y garantizan su buen funcionamiento. En este marco debe inscribirse la regulación de la actuación de las entidades y organismos auxiliares de la administración pública, como lo son las unidades de verificación de instrumentos de medición (básculas), cuya existencia prevé el artículo 3, fracción XVII, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, puesto que la verificación es una función de orden público e interés social, que tiene el propósito de garantizar que los instrumentos de medición que se comercialicen en el territorio nacional sean seguros y exactos y no representen peligro para sus usuarios y los consumidores. Entonces, el debido desempeño de la función...

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