Tesis nº VIII-P-1aS-114 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2017

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 8. Marzo 2017. p. 68
EpocaOctava Época

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL

VIII-P-1aS-114

SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL Y DE REGULACIÓN. PARA DETERMINAR SU COMPETENCIA ES VÁLIDO ACUDIR A LA DEFINICIÓN DE LEYES AMBIENTALES PREVISTA EN LA FRACCIÓN XI, DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL.-

El artículo 23, fracción III, numeral 2) del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dispone que dicha Sala es competente para tramitar y resolver los juicios que se promuevan contra resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos, que encuadren en los supuestos previstos en las fracciones III, XI, XII y XIV, penúltimo y último párrafo, del artículo 14 de la Ley Orgánica de este Tribunal, cuando en estos se apliquen los ordenamientos que regulan la materia de protección al ambiente expresamente citados en dicho numeral, o bien aquellos que tengan alguna injerencia en dicha materia. Por tanto, para determinar el alcance de esa competencia, es válido acudir al contenido de la fracción XI, del artículo 2, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, pues define a las leyes ambientales, como aquellos ordenamientos cuyo objeto o disposiciones se refieran a la preservación o restauración del equilibrio...

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