Tesis nº VIII-TA-1aS-12 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2018

JuezAislada, Primera Sección
MateriaREGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA,Derecho Fiscal
Fecha01 Julio 2018
Fecha de publicación01 Julio 2018
LocalizadorR.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 24. Julio 2018. p. 452
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVIII-TA-1aS-12

REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

VIII-TA-1aS-12

COMPETENCIA PARA DETERMINAR CRÉDITOS FISCALES A GRANDES CONTRIBUYENTES. LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AUDITORÍA DE COMERCIO EXTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEBE INVOCAR EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 25 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA A FIN DE FUNDARLOS.-

De conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 28, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, corresponde a la Administración General de Grandes Contribuyentes de dicho órgano desconcentrado, ejercer entre otras, las facultades de comprobación y en su caso determinar las contribuciones omitidas respecto de los sujetos comprendidos en el apartado B fracción III, de dicho precepto legal; es decir, respecto de los contribuyentes personas morales que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a 1,250 millones de pesos, los cuales serán considerados como "Grandes Contribuyentes"; lo que se traduce en que por regla general le corresponde a la Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria ejercer las facultades de comprobación y en su caso de determinación de créditos fiscales respecto de los contribuyentes en comento; no obstante, la legislación tributaria también otorga dichas facultades a otros entes, como lo es, la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior, potestad que se encuentra establecida en el segundo párrafo del artículo 25 del ordenamiento reglamentario en cita. De ahí, que a efecto de colmar la obligación...

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