Tesis nº V-TASR-I-1979 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2006

JuezAislada, Primera Sala Regional del Norte Centro II
MateriaLEY DEL SEGURO SOCIAL,Derecho Fiscal
Fecha01 Mayo 2006
Fecha de publicación01 Mayo 2006
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 65. Mayo 2006. p. 166
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-I-1979

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY DEL SEGURO SOCIAL

V-TASR-I-1979

CAPITAL CONSTITUTIVO.- NO ES EXIGIBLE QUE SE LE ADJUNTEN LOS DOCUMENTOS QUE DEMUESTREN EL OTORGAMIENTO DE LAS PRESTACIONES AL TRABAJADOR, YA QUE SLO EN JUICIO DEBE PROBARSE SU EXISTENCIA, SI SE NIEGA QUE AQUÉLLAS SE OTORGARON, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 68 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, APLICABLE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2005.-

En efecto, es de explorado derecho que para el cumplimiento de la garantía de fundamentación y motivación que debe satisfacer todo acto de autoridad que incida en la esfera jurídica de los gobernados, basta con que se citen en el documento que lo contenga, las razones particulares y causas inmediatas tomadas en cuenta para su emisión, así como los preceptos jurídicos en que se apoye la decisión de la autoridad, sin la exigencia de que además del cumplimiento de tales requisitos, se deban anexar documentos donde consten todos y cada uno de los hechos expresados por la autoridad, al no existir disposición alguna que prevea esa exigencia. Además, el otorgamiento de las prestaciones, consta en un documento público que se traduce en un acto de autoridad, y como tal, corresponde desvirtuarlo al particular afectado, máxime que solamente en caso de que dicho particular negara lisa y llanamente los hechos en que el citado acto autoritario se sustenta, entonces sí correspondería a la autoridad demostrar esos hechos, como se desprende de lo dispuesto en el artículo 68 del Código Fiscal de la Federación, haciendo...

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