Tesis nº VII-TASR-1NE-16 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2012

JuezPrimera Sala Regional del Noreste (Monterrey, N.L.)
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Septiembre 2012
Fecha de publicación01 Septiembre 2012
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 14. Septiembre 2012. p. 184
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-TASR-1NE-16

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VII-TASR-1NE-16

NEGATIVA FICTA RECAÍDA A UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE CONTRIBUCIONES PRESENTADA CONFORME A LA REGLA II.2.2.1 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA DOS MIL NUEVE. BASTA CON QUE EXISTA UNA PETICIÓN ELEVADA ANTE LA AUTORIDAD PARA OBLIGAR A ÉSTA A DAR RESPUESTA EN EL PLAZO DE NOVENTA DÍAS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 37 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.-

Conforme al referido precepto, las instancias o peticiones que se formulen ante las autoridades deberán ser resueltas en un plazo de tres meses. Es decir, el numeral en cuestión refiere, de manera genérica que las peticiones o instancias que pueden ser presentadas por los particulares ante alguna dependencia de la Administración Pública, deberán ser resueltas en un plazo de treinta días, pero no condiciona la configuración de la negativa ficta, a que se cumpla con determinadas características en cuanto a la vía de presentación. En ese contexto, es indebido que se condicione la actualización de dicha ficción jurídica, a los requisitos que establece la R.I.2.2.1, de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio dos mil nueve, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintinueve de abril de ese mismo año, que señala que las...

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