Tesis nº VI-TASR-XXXVI-44 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2009

JuezAislada, Sala Regional del Caribe
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Julio 2009
Fecha de publicación01 Julio 2009
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 19. Julio 2009. p. 390
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-TASR-XXXVI-44

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VI-TASR-XXXVI-44

ACUERDO DE CARÁCTER GENERAL, SU IMPUGNACIÓN ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.-

Conforme a los artículos 2, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 14, penúltimo párrafo, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se advierte que el juicio contencioso administrativo federal es procedente, no sólo en contra de las resoluciones que se indican en cada una de las fracciones del artículo 14, sino también contra los acuerdos de carácter general. Empero, dichos numerales contienen dos requisitos indispensables para tal impugnación, consistentes en que el acuerdo combatido: 1) sea autoaplicativo; o, 2) se controvierta en unión del primer acto de aplicación. En ese sentido, para el primer supuesto, deben reunirse las siguientes condiciones: a) que desde su entrada en vigor obligue al particular al cumplimiento de una obligación (dar, hacer, no hacer o tolerar); y, b) que no sea necesario un acto posterior de autoridad para que se genere dicha obligatoriedad. Y, para el segundo supuesto, debe entenderse a ese acto de aplicación como aquella actuación en la cual por primera vez se invoque el mencionado acuerdo en contra del particular y que la misma...

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