Tesis nº V-TASR-XXVII-3156 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2008

JuezAislada, Sala Regional del Golfo
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Abril 2008
Fecha de publicación01 Abril 2008
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 4. Abril 2008. p. 364
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-XXVII-3156

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-TASR-XXVII-3156

PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN SECUENCIAL. DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE A LA VISITA DOMICILIARIA, TRATÁNDOSE DE EMPRESAS QUE DICTAMINAN SUS ESTADOS FINANCIEROS.-

El artículo 52-A del Código Fiscal de la Federación, (vigente a partir del 5 de enero de 2004). Contempla el procedimiento de fiscalización secuencial a seguir por la autoridad fiscal, tratándose de contribuyentes que dictaminen sus estados financieros. Así: A) Previamente a la visita, requerirá al Contador Público Registrado que haya formulado el dictamen, cualquier información que conforme a este Código y a su Reglamento debiera estar incluida en los estados financieros dictaminados para efectos fiscales; los papeles de trabajo elaborados con motivo de la auditoría practicada, (los cuales, en todo caso, se entiende que son propiedad del contador público); y, la información que considere pertinente para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente, notificando a éste copia del requerimiento respectivo. B) Si a juicio de la autoridad la información y los documentos proporcionados por el Contador Público Registrado, no fueran suficientes para observar la situación fiscal del contribuyente o si éstos no se presentaron en tiempo, podrá requerir directamente al contribuyente la información que considere pertinente para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales; dicho requerimiento se hará por escrito, debiendo notificar copia al contador público. C) Si cumplido el orden descrito, a juicio de la autoridad fiscal resulta insuficiente la información y documentación para observar la situación fiscal del contribuyente, podrá practicar visita...

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