Tesis nº III-TASR-V-216 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 1995

JuezAislada, Quinta Sala Regional Metropolitana
MateriaPROCESAL
 (RECURSO DE QUEJA),Derecho Fiscal
Fecha01 Marzo 1995
Fecha de publicación01 Marzo 1995
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año VIII. No. 87. Marzo 1995. p. 21
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-TASR-V-216

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCESAL

(RECURSO DE QUEJA)

III-TASR-V-216

INSTANCIA DE QUEJA PREVISTA EN EL ARTICULO 239 TER DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.- SUPUESTO DE SU NO AGOTAMIENTO FORZOSO.-

De conformidad con lo dispuesto por el artculo 239 Ter del Código Fiscal de la Federación, en caso de incumplimiento de sentencia firme (por repetición del acto anulado, exceso ó defecto en su cumplimiento), la parte afectada podrá acudir en Queja por una sola vez ante la Sala Regional del Tribunal Fiscal de la Federación que instruyó el juicio en que se dictó la sentencia, por lo que tal señalamiento se refiere a la potestad o posibilidad que tiene el particular de ocurrir o no en Queja, cuando se incurra en alguno de los supuestos que para su procedencia menciona el dispositivo en comento, lo cual de ningún modo es excluyente del ejercicio de la Garantía de Audiencia del afectado respecto de dicha resolución como acto nuevo, ya que en contra de él puede instaurar válidamente juicio de nulidad combatiendo sus propios motivos y fundamentos; ello es así, porque se trata de dos vías de impugnación cuya naturaleza es distinta, que si bien se refieren a un mismo acto administrativo, tienen finalidades diferentes, a saber: En la instancia de Queja, el que se verifique específicamente el debido cumplimiento de la autoridad administrativa a una sentencia firme pronunciada por este Tribunal; y en el juicio...

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