Tesis nº VII-J-SS-10 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2012

Número de resoluciónVII-J-SS-10
Fecha de publicación01 Febrero 2012
Fecha01 Febrero 2012
MateriaLEY DEL SEGURO SOCIAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 7. Febrero 2012. p. 49
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria con base en la cual se emitió la tesis jurisprudencial 2a./J. 202/2007, precisó clara y categóricamente que si las certificaciones de los estados de cuenta individuales son exhibidas en el juicio contencioso administrativo, entonces corresponde al patrón desvirtuarlas para demostrar que sus trabajadores son otros. Por tales motivos, y a mayoría de razón, el patrón actor tiene la carga procesal de plantear, en la ampliación de la demanda, la discrepancia del número de registro patronal asentado en éstas con el referido en las cédulas de liquidación, para demostrar que las impresiones certificadas se refiere a un patrón distinto y por ende a personas que no son sus trabajadores, en el contexto de que las diez posiciones de dicho registro son las que permiten identificar y vincular al patrón. En consecuencia, sólo si es formulado el planteamiento referido, las Salas pueden válidamente efectuar la confrontación de mérito, pues de lo contrario suplirían incorrectamente la deficiencia de la queja al actor. Sostener lo contrario implicaría desconocer las cargas procesales que rigen el juicio soslayando la circunstancia relativa a que si dichas impresiones certificadas tienen valor probatorio pleno, entonces se revierte la carga de la prueba al patrón, tal y como se desprende de la jurisprudencia...

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