Resolución dictada por la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, en el procedimiento administrativo sancionador CPJF/PAS/001/2017, instruido en contra de Antonio Valle Briseño, por la que se le impuso las sanciones consistentes en inhabilitación y económica.

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2019
EmisorUnica Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Contraloría del Poder Judicial de la Federación.- Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial.- CPJF/PAS/001/2017. RESOLUCIÓN DICTADA POR LA CONTRALORÍA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR CPJF/PAS/001/2017, INSTRUIDO EN CONTRA DE A.V.B., POR LA QUE SE LE IMPUSO LAS SANCIONES CONSISTENTES EN INHABILITACIÓN Y ECONÓMICA.

Al resultar fundado el procedimiento administrativo sancionador CPJF/PAS/001/2017 instruido en contra de la persona física "A.V.B.", mediante resolución de fecha quince de mayo de dos mil diecinueve, dictada por la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, se resolvió lo siguiente:

"(...)

PRIMERO

Resulta fundado el procedimiento administrativo sancionador por la infracción atribuida a A.V.B. precisada en el considerando SEGUNDO de esta resolución, de conformidad con lo expuesto en el considerando TERCERO de la misma.

SEGUNDO

Se impone a A.V.B. una multa económica por un monto de $67,290.00 (sesenta y siete mil doscientos noventa pesos 00/100 M.N.), de conformidad con lo expuesto en el considerando CUARTO de la presente determinación.

TERCERO

Se impone a A.V.B. una inhabilitación para participar en contrataciones públicas de carácter federal por el periodo de tres meses, por lo expuesto en el considerando CUARTO de la presente resolución.

CUARTO

Ejecútense las sanciones impuestas y remítanse las copias certificadas de la presente resolución para los efectos de su registro y cobro de la sanción económica impuesta en los términos y para los efectos precisados en el considerando CUARTO de esta resolución.

(...)".

Mediante auto de veintidós de agosto de dos mil diecinueve, pronunciado en los autos del procedimiento administrativo sancionador CPJF/PAS/001/2017, por la Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial, se declaró que la resolución de quince de mayo de dos mil diecinueve causó ejecutoria, toda vez que "A.V.B.", no interpuso, en contra de la misma, el recurso de revisión previsto en el artículo 555 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de enero...

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