Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 31-10-2003 ( AMPARO EN REVISIÓN 787/2003 )

Sentido del fallo SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA.- SE CONCEDE EL AMPARO AL QUEJOSO.
Fecha31 Octubre 2003
Sentencia en primera instanciaJUZGADO CUARTO DE DISTRITO, EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (EXP. ORIGEN: 412/2002), TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.R. 67/2003)
Número de expediente 787/2003
Tipo de Asunto AMPARO EN REVISIÓN
Emisor SEGUNDA SALA
AMPARO EN REVISION TOCA NUMERO 67/2003

AMPARO EN REVISION NUMERO 787/2003


AMPARO EN REVISIÓN NÚMERO

787/2003.

QUEJOSO: **********.


MINISTRO PONENTE: J.D.R..

SECRETARIA: LIC. MAURA ANGÉLICA SANABRIA

MARTÍNEZ.



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día treinta y uno de octubre del año dos mil tres.


Vo. Bo.

MINISTRO V I S T O S, Y;

R E S U L T A N D O :

COTEJO:

PRIMERO.- Por escrito presentado el día tres de julio de dos mil dos, ante la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali, **********, por su propio derecho, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra los actos y autoridades que a continuación se indican:


AUTORIDADES RESPONSABLES: a).- Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California --- b) Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California.---ACTOS RECLAMADOS : --- A: DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA: 1.- El acto de carácter negativo, es decir, de omisión, de fecha 10 de junio del año 2002, mediante el cual se abstuvo de reconocerme la calidad de JUEZ INAMOVIBLE ********** DEL PARTIDO JUDICIAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 97 Y 116, FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN RELACIÓN CON SU ARTÍCULO 133. --- 2.- El acto de fecha 10 de junio del año 2002, mediante el cual me privó, destituyó y removió de mi cargo y calidad de JUEZ INAMOVIBLE ********** DEL PARTIDO JUDICIAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 97 Y 116, FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN RELACIÓN CON SU ARTÍCULO 133 --- 3.- El acto de fecha 10 de junio del año 2002, mediante el cual “... se determinó por mayoría no otorgarle (al suscrito) nuevo nombramiento de Juez ********** de Primera Instancia del Partido Judicial de Tijuana, Baja California... puesto que el desempeño que tuvo no es merecedor para recibir su ratificación (este agraviado)... Por lo anterior, deberá entregar el Juzgado ********** de Primera Instancia del Partido Judicial de Tijuana, al Primer Secretario de Acuerdos del Propio juzgado, a partir del término de su gestión, con las formalidades correspondientes...”. --- 4.- El acto de fecha 19 de junio del año 2002, mediante el cual designó al tercero perjudicado L.. ********** como Juez ********** de esta ciudad, en sustitución de este quejoso. --- 5.- Todas y cada una de las consecuencias que se deriven en mi perjuicio de los anteriores actos --- B.- DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, reclamo: --- 1. El acto de fecha 18 de junio del año 2002, mediante el cual designó –A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO CONOCIDO COMO DE INSACULACIÓN- a la diversa tercera perjudicada L.. ********** (quien a la fecha tiene el cargo de Juez ********** de la ciudad de Mexicali, Baja California), como Juez Consejera integrante del Consejo de la Judicatura Local, en sustitución de quien esto suscribe. --- 2. El acto de carácter negativo, o sea, de omisión, consistente en haberse abstenido de emitir un dictamen de evaluación del desempeño del suscrito como Juez ********** de esta ciudad, a que se refieren los artículos 97, 98, 99 y 100 del Reglamento de Carrera Judicial, del Consejo de la Judicatura de esta Entidad Federativa, en relación con los artículos 97 y 116, fracción III de la Constitución General de la República. --- 3. Todas y cada una de las consecuencias que se deriven en mi perjuicio de los anteriores actos...”.


SEGUNDO.- La parte quejosa señaló como garantías individuales violadas, las contenidas en los artículos , , 14, 16 79 y 116, fracción III, en relación con el 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y relató como antecedentes del caso, los siguientes:


1.- Con fecha 1º de septiembre de 1986 se me designó tercer secretario de acuerdos por el término de tres meses, del Juzgado ********** de la Ciudad de Tijuana, B.C., por reunir los requisitos exigidos por las leyes de la materia. --- 2.- En atención al buen desempeño que tuve en esa función, el día 1º de Diciembre de 1986 se me designó tercer secretario de acuerdos definitivo de ese mismo Juzgado. ---3.- Posteriormente se me nombró el día 16 de Mayo de 1987, como segundo secretario de acuerdos para la misma dependencia. --- 4.- El día 15 de Diciembre de 1989 se me nombró primer secretario de acuerdos de ese Tribunal. ---5.- El 14 de Enero de 1991 se me otorgó el nombramiento de Juez Interino ********** de este Municipio. --- 6.- Con fecha 13 de Julio de 1991 se me nombró Juez ********** en forma permanente. --- 7.- El día 20 de Febrero de 1992 se me extendió nombramiento de Juez ********** de este partido Judicial, con efectos a partir del 11 de Diciembre de 1991.--- 8.- En 1º de Diciembre de 1992 se me nombró Juez ********** de esta Ciudad, a partir de esa fecha. --- AQUÍ ES IMPORTANTE DEJAR PERFECTAMENTE ESTABLECIDO, QUE TODOS LOS NOMBRAMIENTOS DE JUEZ QUE SE ME OTORGARON Y QUE HAN QUEDADO PRECISADOS, SE ME EXPIDIERON EN ATENCIÓN A MI BUEN DESEMPEÑO COMO FUNCIONARIO JUDICIAL LOCAL, LO QUE SE TRADUCE EN QUE INICIE UNA CARRERA JUDICIAL ASCENDENTE EN ESTA ENTIDAD FEDERATIVA A PARTIR DEL 1º DE SEPTIEMBRE DE 1986. --- 9.- Mediante decreto número 184 publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 25 de septiembre de 1995, se reformaron, derogaron y adicionaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Baja California, cuyo objeto primordial fue la creación de la responsable Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, a la cual – entre otras facultades y atribuciones- se le confirió la de designar a los funcionarios Judiciales estatales, entre los que se encuentran los Jueces que autoriza la Ley Orgánica del Poder Judicial Local. --- 10.- Con fecha 10 de octubre de 1995, la segunda autoridad responsable emitió convocatoria para el concurso de ingreso a la categoría de jueces para el Estado, en la cual participé, y concluido que fue el procedimiento respectivo, mediante acuerdo de fecha 1º de Diciembre de 1995 realizó las designaciones de la mayoría de los jueces estatales, absteniéndose de hacer la designación de Juez ********** para esta ciudad y -en cambio- emitió sin fundamento legal alguno una segunda y antijurídica convocatoria de fecha 4 de Diciembre de 1995, para la designación de Juez ********** de este lugar. --- 11.- Inconforme con ese proceder de dicha responsable, promoví juicio de amparo indirecto que se radicó bajo el número ********** en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado con residencia en esta ciudad, el que una vez que se ventiló por todos sus tramites de ley concluyó con ejecutoria que me concedió el amparo solicitado y, cumplido que fue el fallo protector respectivo, la responsable me proporcionó copias certificadas de diversos acuerdos que tomó, por los cuales no me designó nuevamente Juez ********** de este lugar, en relación con el único procedimiento legal iniciado con la primera convocatoria de fecha 10 de Octubre de 1995. --- 12.- A virtud de esa información que obtuve mediante la tramitación del aludido juicio de garantías, por escrito presentado el 3 de septiembre de 1998 promoví nuevo juicio de amparo en contra de actos de la segunda de las responsables, el que ahora se radicó en el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado con residencia en este lugar bajo el número **********, mismo que -después de ventilarse por todas sus etapas de ley- concluyó el día 24 de Febrero de 1999, fecha en que el Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, dictó ejecutoria que modificó la resolución dictada por el Juez Séptimo de Distrito, y me otorgó el amparo y protección de la Justicia Federal que solicité, lo que hizo en el juicio de amparo en revisión administrativo número **********, en el entendido de que se me concedió la protección constitucional para el efecto de que el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, como autoridad responsable sustituta, me designe Juez de ********** por el término de ley, con la observación de que en el penúltimo párrafo del último considerando de esa ejecutoria (hoja 27 frente y vuelta), el Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito estableció con toda precisión y exactitud que “…EN TAL VIRTUD, SE IMPONE MANIFESTAR QUE EL AQUÍ QUEJOSO DEBIÓ HABER SIDO DESIGNADO POR LA RESPONSABLE PARA OCUPAR EL CARGO DE JUEZ **********, CON RESIDENCIA EN TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, POR EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL PRIMERO DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO AL TREINTA DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, TAL Y COMO LO PREVIENE EL ARTÍCULO 71 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, POR HABER ACREDITADO TANTOS MERITOS COMO LOS OTROS PROFESIONALES QUE SÍ FUERON DESIGNADOS TITULARES DE UN JUZGADO, HABIDA CUENTA DE QUE ANTE LA RESPONSABLE EL AQUÍ INCONFORME PRESENTÓ NO NADA MÁS EL TÍTULO DE LICENCIADO EN DERECHO QUE OBTUVÓ SINO, ADEMÁS, LAS CONSTANCIAS DE DIVERSOS CURSOS Y SEMINARIOS EN MATERIA DE DERECHO CIVIL, ASÍ COMO LOS DISTINTOS NOMBRAMIENTOS QUE HABÍA TENIDO DENTRO DEL PODER JUDICIAL LOS CUALES, COMO ADUCE EL RECURRENTE, DEBIERON SER TOMADOS TAMBIÉN EN CUENTA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE Y CONSIDERARLO CON LOS SUFICIENTES MÉRITOS PARA SER NOMBRADO JUEZ DE INSTANCIA…” --- 13.- NO OBSTANTE QUE MEDIANTE OFICIO NÚMERO 10427 DE FECHA 15 DE...

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