Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-03-2016 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 98/2014)

Sentido del fallo14/03/2016 “PRIMERO. Es parcialmente procedente e infundada la presente controversia constitucional. SEGUNDO. Se sobresee respecto de los artículos 89, fracción III, y 90, fracción IV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en los términos del apartado VII de esta resolución. TERCERO. Se reconoce la validez del artículo 89, fracción VII, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de conformidad con el apartado VIII de esta resolución. CUARTO. Publíquese esta resolución en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.”
Fecha14 Marzo 2016
Sentencia en primera instancia )
Número de expediente98/2014
Tipo de AsuntoCONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
EmisorPLENO
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