Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-06-2017 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2017)

Sentido del fallo01/06/2017 “ÚNICO. Se sobresee en la acción de inconstitucionalidad 27/2017 promovida por diversos Diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de México.”
Fecha01 Junio 2017
Sentencia en primera instancia )
Número de expediente27/2017
Tipo de AsuntoACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
EmisorPLENO



ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2017

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 27/2017

PROMOVENTES: DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MÉXICO



PONENTE: MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ

SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA: A.G.P.

COLABORÓ: C.E.M. REGALADO




Ciudad de México. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al día uno de junio de dos mil diecisiete, emite la siguiente:


S E N T E N C I A


Mediante la cual se resuelve la acción de inconstitucionalidad 27/2017, promovida por diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de México, en contra del Decreto 197, “por el que se determinan los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin, no deberán suspenderse durante la elección ordinaria de Gobernador del Estado de México”, publicado el treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México”.


I. TRÁMITE


  1. Presentación de la acción. Mediante escrito presentado el veintiocho de abril de dos mil diecisiete en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, diversos diputados integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de México promovieron acción de inconstitucionalidad en la que cuestionaron la validez del Decreto 197, “por el que se determinan los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin, no deberán suspenderse durante la elección ordinaria de Gobernador del Estado de México”, publicado el treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México”.


  1. Autoridades emisora y promulgadora. La norma general impugnada se emitió por el Poder Legislativo y se promulgó por el Poder Ejecutivo, ambos del Estado de México.


  1. Norma impugnada. El Decreto 197, “por el que se determinan los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin, no deberán suspenderse durante la elección ordinaria de Gobernador del Estado de México”, publicado el treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México”, que es del tenor literal siguiente:


PODER EJECUTIVO DEL ESTADO”


ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:


Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:


DECRETO NÚMERO 197


LA H. “LIX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO

DECRETA:

En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 12, párrafo diecisiete de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 261, párrafos tercero del Código Electoral del Estado de México, así como por lo dispuesto por el acuerdo INE/CG04/2017 emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, la “LIX” Legislatura


Decreta:


ARTÍCULO PRIMERO. A partir del día tres de abril del año en curso hasta el día de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de promoción y desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades, desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza.


ARTÍCULO SEGUNDO. La Legislatura es competente para determinar los programas sociales que por su naturaleza, objeto o fin, por ningún motivo deberán suspenderse durante el período señalado en el artículo primero del presente Decreto, siendo los programas sociales siguientes:


DESARROLLO AGROPECUARIO:


1. Programa Integral de Desarrollo Rural, componente Apoyo a la Mujer en Áreas Rurales.

2. Programa Integral de Desarrollo Rural, componente Apoyo Económico a los Productores para Proyectos

Productivos (Subcomponentes Proyectos Productivos, Proyectos Sustentables y Apoyos para Mejorar la Vivienda Rural).

3. Programa Integral de Desarrollo Rural, componente Avicultura Familiar.

4. Programa Integral de Desarrollo Rural, componente Canasta Alimentaria Hortofrutícola.

5. Programa Integral de Desarrollo Rural, componente Apoyo a la Comercialización de la Carne.

6. Programa de Desarrollo Agrícola, componente Insumos Agrícolas y Material Vegetativo.

7. Programa de Desarrollo Agrícola, componente Alta Productividad.

8. Programa Desarrollo Agrícola, componente Infraestructura, Tecnificación y Equipamiento.

9. Programa Desarrollo Agrícola, componente Acciones Prioritarias Agrícolas.

10. Programa Adquisición de F., Semilla Mejorada y Diésel, Apoyos Especiales en Insumos Agrícolas.

11. Programa Proyectos Estratégicos.

12. Programa Fomento Acuícola.


DESARROLLO SOCIAL:


1. Por una Infancia en Grande.

a. Pequeños en movimiento.

b. Creciendo Sanos.

c. Familias en Grande.

d. Respaldando Sueño.

e. De la Mano con P..

2. 4 X 1 para migrantes.


DIFEM:


1. Ayudas F. a Personas con Discapacidad.

2. Desayunos Escolares Fríos y Raciones Vespertinas.

3. Desayuno Escolar Comunitario.

4. Espacios de Alimentación, Encuentro y Desarrollo.

5. Otorgamiento de Z.O..

6. Entrega de L.O..

7. Promoción a la Participación Comunitaria (Comunidad Diferente).

8. Horta DIF y Proyectos Productivos.

9. Becas para Menores Trabajadores Urbano Marginales (Metrum).

10. Canasta M.N. En Grande Para Personas Con Discapacidad.


SALUD:


1. Otorgamiento de Apoyos Asistenciales en Especie a Personas Físicas en Condiciones de Vulnerabilidad.


EDUCACIÓN:


1. Apoyo Económico para Estudiantes Mexiquenses de Educación Media Superior (High School) y Superior (Bachelor) que radican en Estados Unidos de América.

2. Dreamers Mexiquenses.

3. Becas para Madres de Familia que se encuentran estudiando.

4. Becas para Discapacidad.

5. Becas para Estudiantes en el Estado de México en la UNAM, IPN y UAM (Probemex).

6. Becas para Estudiantes Destacados en Escuelas Normales.

7. Becas para Estudiantes Indígenas.

8. El Valor de Permanecer Estudiando.

9. B. y B. de Excelencia en el Estado de México.

10. Servicio Social Comunitario.

11. Útiles Escolares Gratuitos para Estudiantes de Educación Básica.

12. Constructores de Paz, Jóvenes con Valor.

13. Permanencia Escolar para Estudiantes de Educación Media Superior y Superior en el Estado de México.

14. Estímulo a Alumnos con Discapacidad Motriz o Múltiple.

15. Becas Anual para Estudiantes con Ceguera.

16. Estímulo para Estudiantes Ciegos.

17. Equipo Tiflotécnico Personal para Estudiantes Ciegos.

18. Beca Alumnos con A..

19. Becas de Aprovechamiento Académico para Escuelas Públicas del Estado de México.

20. Otorgar Becas para I..

21. Becas del Gobierno del Estado de México para Hijos de Trabajadores Sindicalizados.

22. Bécalos Media Superior.

23. Becas para Hijas e Hijos de Madres Desaparecidas de Muerte Dolosa o F..

24. Becas para Alumnos con VIH.

25. Seguro Escolar contra A..

26. Becas para Alumnos afectados por la Explosión de Tultepec.

Así como las diferentes acciones por la educación que realiza la propia Secretaría de Educación.


CIENCIA Y TECNOLOGÍA:


1. Becas de Apoyo Extraordinario.

2. Becas Continuas para Estudios de Posgrado.

3. Becas de Tesis de Licenciatura o Posgrado.

4. Becas de Educación Dual.


DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO:


1. Entrega de Títulos de Posesión o Propiedad.

CULTURA:


1. Programa Mexiquenses en Movimiento.

2. Programa de Socialización de la Cultura a través del Cine.


FINANZAS:


1. Programa de Apoyo a la Comunidad.


REGISTRO CIVIL:


1. Programa Permanente para el Registro de Nacimiento de Adultos Mayores.

2. Programa Modificación del S.P..

3. Programa Adecuaciones al Sustantivo Propio.

4. Programa “Bebés recién Nacidos y Actas de Nacimiento” ¡Van de la Mano!.

5. Programa “Actas en Cama”.

6. Programa “Unidad Móvil”.


DEFENSORÍA PÚBLICA:


1. Programas de Fianzas de Interés Social.


COMISIÓN ESTATAL DE FACTIBILIDAD:


1. Dictamen Único de Factibilidad.


ARTÍCULO TERCERO. Las autoridades de salud seguirán desarrollando los programas en esta materia, con la finalidad de brindar los servicios necesarios a la población de acuerdo a su normatividad y en apego a las disposiciones electorales.


ARTÍCULO CUARTO. Por lo que respecta a los programas que lleva a cabo protección civil, éstos se seguirán realizando conforme a su normatividad y en apego a las disposiciones electorales.


ARTÍCULO QUINTO. Las autoridades municipales, por ningún motivo deberán suspender, durante el período indicado, programas equivalentes a...

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